BDNS(Identif.):761477
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/761477)
Primero. Beneficiarios:
Podrán acceder a estas ayudas las entidades establecidas en el artículo 3 del Real Decreto 251/2024, de 12 de marzo, que cumplan los requisitos y condicionantes establecidos en el artículo 4 del citado real decreto.
Segundo. Finalidad:
Se busca subvencionar propuestas de actividades que estén encuadradas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 (PEPAC), conforme al Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la Política Agrícola Común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) nº 1305/2013 y (UE) nº 1307/2013, correspondiéndose con la intervención supraautonómica de servicios de asesoramiento a las explotaciones agrarias (7202), para los siguientes programas temáticos:
a) III. Programas temáticos para contribuir a la prestación de servicios de asesoramiento en materia de digitalización.
b) IV. Programas temáticos para la creación de servicios de asesoramiento en materia de digitalización.
Tercero. Bases reguladoras:
Real Decreto 251/2024, de 12 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de las intervenciones de intercambio de conocimientos y actividades de formación e información y servicios de asesoramiento, destinadas al sector agroalimentario y forestal, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027.
Cuarto. Importe:
El presupuesto total estimado para esta convocatoria de ayudas es de tres millones de euros (3.000.000 euros).
En ningún caso se superarán los 200.000 euros por beneficiario y Propuesta de Actividades para el programa IV.
Para las Propuestas de Actividades del programa III, tampoco se superarán los límites por asesoramiento unitario especificados en el apartado quinto de la convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Las solicitudes de Propuestas de Actividades se presentarán en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el "Boletín Oficial del Estado", cerrándose el plazo el citado día hábil, a las 14.00 horas, hora peninsular.
Madrid, 14 de mayo de 2024.- La Presidenta del Fondo Español de Garantía Agraria O.A., María José Hernández Mendoza.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid