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Documento BOE-B-2024-18420

Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública, la instalación eléctrica denominada «Proyecto de Planta Solar Fotovoltaica «El Bujeo» y su infraestructura de evacuación", en términos municipales de Calicasas, Güevéjar, Peligros y Albolote (Granada)».

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 21 de mayo de 2024, páginas 27247 a 27252 (6 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2024-18420

TEXTO

En relación con dicho asunto constan en el expediente de referencia E-4608;14.109/AT, los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fecha 19 de noviembre de 2020, la mercantil Solarbay Renewable Energy S.L con CIF n.º B-90377490, presentó escrito solicitando autorización ambiental unificada, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción en relación con el proyecto de instalación eléctrica denominado «Planta solar fotovoltáica "El Bujeo" y su infraestructura de evacuación, en términos municipales de Calicasas, Peligros y Albolote», en la provincia de Granada y, asimismo, por la misma mercantil, se presentó modificación de tal proyecto en fecha posterior de 11 de enero de 2023. Consta además solicitud, de 29 de diciembre de 2022, de cambio de titularidad en la empresa a cargo del proyecto con la nueva denominación BUJEO 2021 SLU y CIF. n.º B-90410002, que el pasado 21 de julio de 2023 presentó escrito, relación de bienes y derechos afectados y demás documentación necesaria para solicitar la declaración, en concreto, de utilidad pública, respecto del mismo proyecto.

SEGUNDO.- Con fecha 20 de junio de 2023 se ha dictado Resolución por esta Delegación Territorial de Granada, concediendo autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el mencionado proyecto. En el procedimiento que corresponde a tales autorizaciones se cumplimentaron los trámites de información pública general y de información a otras Administraciones públicas que prescriben los artículos 125, 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con el resultado que se hace constar en los antecedentes de hecho tercero y cuarto de dicha Resolución que aquí damos por reproducidos, y cuyo texto íntegro se publica en el BOJA número 126 de 4 de julio de 2023.

TERCERO.- De conformidad con lo previsto en el artículo 144 y artículo 146.2 del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la solicitud de reconocimiento, en concreto, de utilidad pública del proyecto, se sometió a información pública, insertándose el correspondiente Anuncio en el Boletín Oficial del Estado el 2 de octubre de 2023; en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el 6 de octubre de 2023; y en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada el 9 de octubre de 2023, todos ellos publicados además en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía. Por otro lado, el Anuncio también se publicó en el diario Granada Hoy de fecha 12 de octubre de 2023, y estuvo expuesto por el plazo de treinta días en el Tablón de Anuncios de los Ayuntamientos de Albolote, Peligros, Güevejar y Calicasas.

CUARTO.- Durante el periodo de información pública, se presenta escrito de alegaciones de fecha 21 de noviembre de 2023 por parte de Dª M.ª Lourdes Rodríguez Quesada para manifestar, en síntesis, no estar de acuerdo con el trazado del proyecto que afecta a su parcela aunque, no obstante, consta en el expediente el acuerdo indemnizatorio posterior firmado por la propietaria sobre las afecciones de tal parcela. Asimismo, por parte de D. Fermín Cabrera Garrido se presenta escrito de fecha 13 de noviembre de 2023 para poner de manifiesto los acuerdos alcanzados y pago de canon actualizados con la nueva promotora del proyecto respecto de determinadas parcelas de su propiedad, circunstancia que se corrobora, a excepción de la finca 1 según proyecto, en escrito de contestación a tales alegaciones por parte de la representación legal de BUJEO 2021 SLU.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1a.) del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo; el artículo 117 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía; el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (en su redacción vigente dada por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto); así como, en la Orden de 20 de junio de 2023, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería de Industria, Energía y Minas, en particular, su artículo 5.7, que atribuye a las Delegaciones Territoriales la competencia en la tramitación y resolución de los procedimientos de expropiación forzosa, en todas sus fases, cuando la expropiación afecte a bienes situados en una sola provincia; por lo cual, la presente resolución se entenderá dictada por la persona titular de la Consejería de Industria, Energía y Minas.

SEGUNDO.- El procedimiento para la declaración, en concreto, de la utilidad pública de las instalaciones eléctricas se encuentra regulado en el Capítulo V del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, antes citado. Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56.1 la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, «la declaración de utilidad pública llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa». El número siguiente continúa estableciendo que «Igualmente, supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública».

TERCERO.- Respecto de la servidumbre de paso, el artículo 57 de dicha Ley 24/2013, establece, respecto de la servidumbre de paso que: «1. La servidumbre de paso de energía eléctrica tendrá la consideración de servidumbre legal, gravará los bienes ajenos en la forma y con el alcance que se determinan en la presente ley y se regirá por lo dispuesto en la misma, en sus disposiciones de desarrollo y en la legislación mencionada en el artículo anterior, así como en la legislación especial aplicable. 2. La servidumbre de paso aéreo comprende, además del vuelo sobre el predio sirviente, el establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de cables conductores de energía, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan. 3. La servidumbre de paso subterráneo comprende la ocupación del subsuelo por los cables conductores, a la profundidad y con las demás características que señale la legislación urbanística aplicable, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan. 4. Una y otra forma de servidumbre comprenderán igualmente el derecho de paso o acceso y la ocupación temporal de terrenos u otros bienes necesarios para construcción, vigilancia, conservación, reparación de las correspondientes instalaciones, así como la tala de arbolado, si fuera necesario».

Por todo lo cual y, vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente Aplicación

RESUELVO

PRIMERO.- Declarar, en concreto, de utilidad pública, la instalación eléctrica promovida por la entidad BUJEO 2021 SLU con CIF. B-90410002, denominada «Proyecto de Planta Solar Fotovoltaica «El Bujeo» y su infraestructura de evacuación", en términos municipales de Calicasas, Güevéjar, Peligros y Albolote (Granada)». en los términos descritos en el antecedente de hecho primero y, respecto de los bienes y derechos descritos en el listado Anexo, con las siguientes condiciones:

1ª. Esta declaración, en concreto, de utilidad pública, se realiza a los efectos de la expropiación forzosa del pleno dominio de los terrenos y derechos necesarios para la construcción de la instalación que se cita y de sus servicios auxiliares o complementarios, en su caso, o de la constitución de las correspondientes servidumbres de paso.

2ª. Lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados por la misma, e implica la urgente ocupación de los mismos, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, adquiriendo la entidad solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, siempre que se acredite previamente el pago de la tasa legalmente establecida.

3ª. En cualquier momento, el solicitante de la declaración de utilidad pública podrá convenir libremente con los titulares de los bienes y derechos necesarios, la adquisición por mutuo acuerdo de los mismos. Este acuerdo, en el momento de declararse la utilidad pública de la instalación, adquirirá la naturaleza y efectos previstos en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, causando, por tanto, la correspondiente conclusión del expediente expropiatorio. En estos supuestos, el beneficiario de la declaración de utilidad pública podrá, en su caso, solicitar de la autoridad competente la aplicación del mecanismo establecido en el artículo 59 del Reglamento de Expropiación Forzosa.

SEGUNDO.- Ordenar la notificación de la presente resolución a la entidad solicitante, a las Administraciones u organismos públicos y empresas de servicio público o de servicios de interés general que informaron o debieron informar durante su tramitación, a los titulares de bienes y derechos afectados y a los restantes interesados en el expediente, así como, su publicación en el BOE, el BOJA y el BOP de Granada, con indicación de que las citadas publicaciones se realizan, igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. No obstante, con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante esta Delegación Territorial, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del artículo 102.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

ANEXO I

RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR EL PROYECTO "PFV BUJEO, T.M. DE CALICASAS, PELIGROS Y ALBOLOTE (GRANADA)". Expte. Núm. E-4608; 14.109/AT

DATOS CATASTRALES DE LA FINCA

AFECCIÓN

Nº FINCA S/PL

Titular Catastral

Término Municipal

Nº políg.

s/catast.

parcela s/catast.

Paraje

Cultivo

Trazado aéreo (m.l.)

Trazado subterráneo (m.l.)

Servid. Vuelo/subt. (m²)

Servid. Segur. (m²)

Apoyo nº

Sup. Ocupacion Permanente (m²)

Ocup.

Temp.

(m²)

Tiempo Ocup. Temp

(meses)

1

FERMIN CABRERA GARRIDO

CALICASAS

9

15

LA HERMANDAD Y EL BUJEO

Olivos secano.

Pastos.

Almendro secano

91,20

--

885,20

814,20

AP1

267,315,59

656,50

24

2

MARIA ROSARIO LAFUENTE FERNANDEZ

JOSE MANUEL LAFUENTE FERNANDEZ

HEREDEROS DE TERESA FERNSANDEZ HERRERA

CALICASAS

9

13

HAZA DE BULNES

Olivos secano.

Pastos.

--

--

2,20

41,20

--

--

--

--

3

FRANCISCA FERRO BARRALES

CALICASAS

9

12

HAZA DE BULNES

Olivos secano

161,98

--

1.862,20

1.410,30

--

--

461,10

24

4

CARLOS ALVA GALVEZ

GUEVEJAR

6

97

PUERTO

Labor o labradío secano

151,91

--

1.927,90

1.358,10

AP2

14,75

1.025,60

24

5

CARLOS ALVA GALVEZ

PELIGROS

1

56

LOS TOCONES

Labor o labradío secano

31,47

--

560,80

297,00

--

--

--

--

6

Delegación de Fomento y Obras Públicas de la Diputación de Granada.

PELIGROS

1

9009

CR GUEVEJAR

Carretera Guevejar

11,31

--

195,70

98,90

--

--

--

--

7

OLIVAIRE CARIZ GRANADA SL

PELIGROS

1

55

LOS TOCONES

Olivos regadío

45,57

--

707,00

407,70

--

--

123,51

24

8

OLIVAIRE CARIZ GRANADA SL

PELIGROS

1

38

MAGON

Olivos regadío

4,59

--

73,87

76,80

--

--

339,27

24

9

OLIVAIRE CARIZ GRANADA SL

PELIGROS

1

54

LOS TOCONES

Olivos regadío

259,95

--

1.781,70

2.307,80

AP3,

AP4

31,60

701,43

24

10

OLIVAIRE CARIZ GRANADA SL

PELIGROS

1

47

LOS TOCONES

Olivos regadío

73,70

--

733,40

673,40

--

--

22,10

24

11

OLIVAIRE CARIZ GRANADA SL

PELIGROS

1

45

LOS TOCONES

Labor o labradío secano.

Olivos regadío

193,43

--

1.624,60

1.724,20

AP 5

17,22

461,35

24

12

AGROATALAYA SL

PELIGROS

1

41

LOS TOCONES

Olivos secano

28,48

--

279,30

255,80

--

--

--

--

13

Ayto. Peligros

PELIGROS

1

9011

CNO CORTIJO BENITO

Camino Cortijo Benito

8,11

--

75,30

78,80

--

--

--

--

14

AGROATALAYA SL

PELIGROS

1

40

MAGON

Olivos secano

10,78

--

90,60

92,20

--

--

--

--

15

OLIVAIRE CARIZ GRANADA SL

PELIGROS

1

39

MAGON

Olivos secano

32,82

--

209,00

297,10

AP 6

15,60

215,48

24

16

AGROATALAYA SL

PELIGROS

1

37

MAGON

Olivos secano

52,23

--

479,10

470,00

--

--

--

--

17

AGROATALAYA SL

PELIGROS

1

36

MAGON

Olivos secano

66,02

--

879,00

592,80

--

--

--

--

22

ANGELES CEBALLOS MARTINEZ

JOSE MARIA BAILON CEBALLOS

MARIA DEL PILAR BAILON CEBALLOS

PELIGROS

1

19

MAGON

Olivos secano

14,95

--

124,00

134,60

--

--

--

--

23

HEREDEROS DE M. LUISA MORALES LOPEZ

PELIGROS

1

14

MAGON

Olivos secano

134,90

--

1.464,80

1.084,50

AP 8

15,60

226,00

24

24

JUNTA DE ANDALUCIA

PELIGROS

1

9001

CNO. ANTIGUO A PELIGROS

VT - Vía de comunicación de dominio público

6,65

--

106,10

35,30

--

--

--

--

25

Conf. Hidrog. del Guadalquivir. Minist. para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

PELIGROS

1

9004

BARRANCO

Barranco

0,00

--

5,80

99,00

--

--

--

--

28

ANGELES CEBALLOS MARTINEZ

JOSE MARIA BAILON CEBALLOS

MARIA DEL PILAR BAILON CEBALLOS

PELIGROS

3

8

LA SOLANA DE MAGON

Olivos secano

60,21

--

872,60

501,40

--

--

--

--

29

ANTONIA BALLESTEROS CORDOVILLA

PELIGROS

3

9

LA SOLANA DE MAGON

Olivos secano

35,97

--

378,70

366,10

--

--

--

--

30

JUNTA DE ANDALUCIA

PELIGROS

3

9001

VEREDA

VT - Vía de comunicación de dominio público

3,58

--

28,80

33,80

--

--

--

--

31

ANTONIA BALLESTEROS CORDOVILLA

PELIGROS

3

35

LA CABAÑA

Olivos secano

100,57

--

942,40

896,70

AP 9

--

166,36

24

32

HEREDEROS DE RAMON BALLESTEROS URQUIZA

PELIGROS

3

34

LA CABAÑA

Almendro secano.

Olivos secano

8,15

--

43,60

75,20

--

--

--

--

34

JOSE MUÑOZ RODRIGUEZ

JUAN JESUS MUÑOZ RODRIGUEZ

PELIGROS

3

37

LA CABAÑA

Olivos secano

62,92

--

717,70

567,80

--

--

--

--

35

OLIVAIRE CARIZ GRANADA SL

PELIGROS

3

38

LA CABAÑA

Olivos secano

49,75

--

367,30

448,60

AP 10

16,40

243,04

24

39

Ayto. Peligros

PELIGROS

3

9004

CAMINO

Camino

público municipal

3,60

--

18,10

37,90

--

--

41,97

24

40

CARMEN RODRIGUEZ RODRIGUEZ

PELIGROS

3

61

LAS ZORRERAS

Olivos secano

45,12

--

299,70

410,50

--

--

268,70

24

42

JOSE BAILON BAILON

PELIGROS

3

64

LAS ZORRERAS

Olivos secano

33,49

--

307,00

301,90

--

--

132,09

24

43

JOSE JIMENEZ VILLEGAS

PELIGROS

3

65

LAS ZORRERAS

Olivos secano

48,69

--

370,70

438,10

--

--

196,51

24

44

MARIA INMACULADA CARVAJAL MOLEON

ANA TERESA CARVAJAL MOLEON

MARIA ANGUSTIAS CARVAJAL MOLEON

ANA MOLEON FERNANDEZ

RODRIGO MOLEON FERNANDEZ

EUSTAQUIO JOSE MOLEON FERNANDEZ

PELIGROS

3

66

LAS ZORRERAS

Olivos secano

44,82

--

278,00

403,80

AP 12

17,81

294,40

24

48

ANTONIO SANCHEZ CAMARERO

ANTONIO PAIZ RIVERA

PELIGROS

3

77

LAS ZORRERAS

Olivos secano

--

1,20

0,60

0,6

--

--

0,00

--

51

EN INVESTIGACION

ALBOLOTE

SR 6

Z.L. VERD

60 ( R )

SUELO URBANIZAB.

Olivos secano

--

104,90

52,50

52,50

--

--

373,30

24

52

Consej. de Fomento, Infraest. y Ordenación del Territorio. Junta de Andalucia

ALBOLOTE

900

9102

AUTOVIA A-92

Autovía A-92

--

174,82

87,40

87,40

--

--

779,40

24

53

DESCONOCIDO

ALBOLOTE

DESCONOCIDO

--

115,72

57,90

57,90

--

--

57,60

24

54

HEREDEROS DE MARIA DEL CARMEN ROMERO MARTINEZ

ALBOLOTE

2922002VG4222B0001UJ

LG BARRANCO DE MAGON CERROS

Pastos

--

57,89

28,90

28,90

--

--

216,96

24

55

DESCONOCIDO

ALBOLOTE

DESCONOCIDO

--

6,40

3,80

3,80

--

--

22,00

24

56

HEREDEROS DE ANTONIO BAILON RODRIGUEZ

ALBOLOTE

SR 6

Z.L.VERD 59(A)

SUELO URBANIZAB.

Improductivo

--

55,26

27,60

27,60

--

--

210,80

24

57

EN INVESTIGACION

ALBOLOTE

UNID. EJEC. 21

511 ( C )

SUELO URBANO

Suelo sin edif.

--

2,45

1,20

1,20

--

--

5,10

24

58

EN INVESTIGACION

ALBOLOTE

UE12 – UE 13

SUELO URBANO

--

774,20

218,50

218,50

--

--

1.677,10

24

59

SUERTE CLARA SL

ALBOLOTE

SR.5

Z.L. VERD

70

SUELO URBANIZAB.

Suelo sin edif.

--

67,27

33,60

33,60

--

--

275,71

24

60

Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

ALBOLOTE

900

9101

AUTOVIA A-44

Autovía A-44

(GR-30)

--

42,72

24,70

24,70

--

--

85,70

24

61

AYUNTAMIENTO DE ALBOLOTE

ALBOLOTE

27

2

--

121,10

60,60

60,60

--

--

413,50

24

Granada, 14 de mayo de 2024.- Delegado Territorial, Gumersindo Fernández Casas.

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