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Documento BOE-B-2024-20596

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña sobre Resolución de la Dirección General de Carreteras por la que se aprueba provisionalmente el proyecto de construcción: "Actuaciones para el desarrollo del plan de acción contra el ruido de la fase II en la autopista AP-7 del P.K. 55+500 al P.K. 90+100 y en la autovía A-26 del P.K. 70+300 al P.K. 71+000. Provincia de Girona.". Clave 39-GI-4050.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 5 de junio de 2024, páginas 30591 a 30592 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-B-2024-20596

TEXTO

Mediante Resolución de fecha 17 de mayo de 2024, la Subdirectora General de Conservación y Gestión de Activos por delegación del Director General de Carreteras (Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, modificada por Orden TMA/355/2023), ha aprobado provisionalmente el proyecto de construcción: "Actuaciones para el desarrollo del plan de acción contra el ruido de la fase II en la autopista AP-7 del P.K. 55+500 al P.K. 90+100 y en la autovía A-26 del P.K. 70+300 al P.K. 71+000. Provincia de Girona." (Clave 39-GI-4050) declarando la urgencia del proyecto en aplicación de lo previsto en el artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, por lo que el presente trámite tendrá el carácter de información pública previa a la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto.

Asimismo, ordena a la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña la incoación del expediente de información pública, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con el artículo 12 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras. Esta información pública lo será a efectos de la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación referidos a los bienes y derechos comprendidos en el replanteo del proyecto y la reposición de servicios afectados.

La información pública a efectos de expropiaciones se hará en cumplimiento de cuanto establecen los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, sobre la necesidad de ocupación, y concordantes de su Reglamento.

En consecuencia, de acuerdo con lo ordenado por la Dirección General de Carreteras se somete el citado Proyecto a información pública durante un plazo de treinta (30) días hábiles contados a partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones reglamentarias (Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la Provincia y uno de los diarios de mayor difusión de la provincia de Girona).

La documentación del Proyecto y la copia de la Resolución de aprobación provisional, podrá ser consultada en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible https://www.transportes.gob.es/el-ministerio/participacion-publica, así como en la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña (Carrer de La Marquesa, 12 de Barcelona), en la Unidad de Carreteras de Girona (Gran Via de Jaume I, 47 de Girona) en días y horas de oficina, y en las Corporaciones Locales afectadas de Argelaguer, Sant Julia de Ramis y Maçanet de la Selva.

Durante el expresado plazo y, en virtud de la legislación indicada, podrán los interesados utilizar el espacio de la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible: https://sede.mitma.gob.es/SEDE_ELECTRONICA/LANG_CASTELLANO/OFICINAS_SECTORIALES/CARRETERAS/OTROS_TRAMITES/, o presentar por escrito en las citadas Demarcación y Unidad de Carreteras del Estado o utilizando así como por cualquiera de las modalidades previstas en el artículo 16.4 de la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los oportunos datos y alegaciones para rectificar los posibles errores de la relación de bienes y derechos publicada u oponerse, por razones de fondo o forma a la necesidad de ocupación. En este caso, se indicarán los motivos por los que deba considerarse preferente la ocupación de otros bienes o la adquisición de otros derechos distintos y no comprendidos en la relación, como más convenientes al fin que persiguen.

Relación de bienes y derechos afectados por término municipal:

Término municipal de Sant Julià de Ramis

N° de orden

Ref. catastral

Pol.

Parc.

Titular catastral

EX

(m²)

SV

(m²)

OT

(m²)

TOTAL

(m²)

Plano

17.1693-0001

s/n

s/n

s/n

Desconocido

0

7

152

159

1 de 1

17.1693-0002

5327501DG8552N0001GX

s/n

s/n

Carbo Bosch, Balbina

Llado Carbo, Roser

16

312

153

481

1 de 1

17.1693-0003

s/n

s/n

s/n

Desconocido

15

65

92

172

1 de 1

17.1693-0004

5430102DG8553S0001MQ

s/n

s/n

Pallarols Bosch, José,

O

54

92

146

1 de 1

(Ref. Catastral: Referencia catastral, Pol.: Polígono, Parc.: Parcela, EX: Expropiación, SV: Servidumbre OT: Ocupación Temporal)

Barcelona, 27 de mayo de 2024.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña, Vicente Vilanova Martínez-Falero.

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