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Documento BOE-B-2024-20618

Anuncio de la Subdirección General de Dominio Público Hidráulico e Infraestructuras de la Dirección General del Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, relativo a la aprobación administrativa del PROYECTO DE LA NUEVA EDAR DE A ILLA DE AROUSA (PONTEVEDRA) Y ADENDA 04/24. CLAVE 01.336-0302/2111.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 5 de junio de 2024, páginas 30628 a 30628 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2024-20618

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.4 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se hace público que, con fecha 27 de mayo de 2024, la Dirección General del Agua, por delegación de competencias de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, Orden TED/533/2021 (B.O.E. de 31 de mayo de 2021) y modificaciones posteriores ha dictado la siguiente resolución:

1. Aprobar administrativamente el proyecto de la nueva EDAR de A ILLA DE AROUSA (Pontevedra) y su adenda 04/24 a los efectos de los artículos 127.3 y 130 Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, del artículo 17 de la Ley 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa y del artículo 48 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

2. Encomendar a la Subdirección General de Dominio Público Hidráulico e Infraestructuras la comunicación de la presente resolución a los Ayuntamientos afectados en cuanto a los estipulado en el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas.

3. Encomendar a la Subdirección General de Dominio Público Hidráulico e Infraestructuras la publicación de la presente resolución conforme a lo establecido en el artículo 48.4 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

El informe de Impacto Ambiental se formula mediante la Resolución de 13 de diciembre de 2021, emitida por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental (B.O.E. nº 306 de 23 de diciembre de 2021), en el que se indica que no es necesario el sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria, ya que no se prevén efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, siempre y cuando se cumplan las medidas y prescripciones establecidas en el documento ambiental y en la propia resolución.

Madrid, 29 de mayo de 2024.- El Subdirector General de Dominio Público Hidráulico e Infraestructuras, Francisco José Hijós Bitrián.

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