BDNS(Identif.):773599
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/773599)
Primero. Convocatoria y beneficiarios:
Acordar la aprobación de la convocatoria para la ciudad autónoma de Melilla regulada en el Real Decreto 332/2023, de 3 de mayo, para el otorgamiento de las compensaciones correspondientes a los transportes marítimos y aéreos de determinadas mercancías con origen o destino en Ceuta y Melilla, realizados a lo largo del año 2023.
Los beneficiarios serán personas físicas o jurídicas indicadas en el artículo 9 del citado Real Decreto y que cumplan los requisitos del artículo 10, siendo necesario que las mercancías correspondan a alguno de los productos siguientes:
a) Productos originarios o transformados en Melilla, según su artículo 3.
b) Materias primas y productos intermedios, también llamados «inputs», necesarios para la producción de los productos del apartado anterior, siempre que no se encuentren en Melilla, según su artículo 4.
c) Mercancía en stock proveniente de importaciones destinadas a consumo realizadas por pequeñas y medianas empresas (pymes) comerciales de Melilla, sujetas al régimen de venta al por menor, según su artículo 5.
d) Mercancías peligrosas procedentes de Melilla o del resto de la Unión Europea, según su artículo 6.1.
e) Residuos generados en Melilla, según su artículo 6.2.
Segundo. Finalidad:
Compensación destinada a abaratar el coste efectivo del transporte de determinadas mercancías por vía marítima y aérea entre la Ciudad de Melilla y la península, así como el efectuado entre ambas ciudades autónomas, y entre estas y otros territorios de los Estados miembros de la Unión Europea y demás Estados firmantes del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo, realizado en 2023.
Tercero. Bases reguladoras:
Real Decreto 332/2023, de 3 de mayo, por el que se regula la compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías con origen o destino en Ceuta y Melilla, publicado en el BOE núm. 118, de 18 de mayo de 2023.
Cuarto. Imputación presupuestaria:
Estas ayudas se financiarán con cargo al crédito consignado en la aplicación presupuestaria 17.20.56.441P.478.04 del Presupuesto de Gastos de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 prorrogada para el año 2024 y en una cuantía de 125.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Un mes desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.
Sexto. Solicitudes:
Las solicitudes para la obtención de las ayudas se ajustarán al modelo y contenido especificado en la convocatoria y estarán disponibles para cumplimentarse y presentarse en la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática
https://sede.administracionespublicas.gob.es
Madrid, 4 de julio de 2024.- El Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, José Antonio Santano Clavero.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid