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Documento BOE-B-2024-27587

Resolución de la Dirección General de Trabajo por la que se anuncia el depósito de la desvinculación de la organización sindical denominada Sindicato Independiente de Trabajadores del Ayuntamiento de Granada, en siglas SITAG, con número de depósito 18100041 , de la organización sindical UNION DE POLICIAS LOCALES Y BOMBEROS DE ESPAÑA, en siglas USPLBE, con número de depósito 99105731.

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 29 de julio de 2024, páginas 42277 a 42277 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-B-2024-27587

TEXTO

Ha sido admitida la desvinculación al comprobarse que reúnen los requisitos previstos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).

La solicitud de desvinculación fue formulada por D. Francisco Miguel Fernández Rodriguez mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2024/001855.

La Junta Directiva del Sindicato Independiente de Trabajadores del Ayuntamiento de Granada celebrada el día 25 de abril de 2023 aprobó por unanimidad y por delegación de la Asamblea General de Afiliados de 15 de noviembre de 2022 la desvinculación de dicha organización de la UNION DE POLICIAS LOCALES Y BOMBEROS DE ESPAÑA. El acta está suscrita por D. Onofre Ildefonso Tapia Montero en calidad de Secretario con el visto bueno del Presidente D. Pablo García de Movellán Hernainz.

El citado acuerdo fue comunicado a la UNION DE POLICIAS LOCALES Y BOMBEROS DE ESPAÑA y consta firmada la recepción del documento con fecha 5 de julio de 2024 por D. Francisco Miguel Fernández Rodríguez como Secretario General de la UNION DE POLICIAS LOCALES Y BOMBEROS DE ESPAÑA.

Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.

La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).

Madrid, 18 de julio de 2024, La Directora General de Trabajo, P.D. (Real Decreto 502/2024, de 21 de mayo y Orden TES/167/2022, de 7 de marzo, por la que se modifica la Orden TES/1217/2021, de 29 de octubre). El Subdirector General de Relaciones Laborales, Rafael Martínez de la Gándara.

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