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Documento BOE-B-2024-30234

Resolución del Pleno del Ayuntamiento de Lloret de Mar por la que se hace pública la apertura de trámite de audiencia del programa de adecuación de las urbanizaciones de Lloret de Mar incluidas en polígonos de actuación urbanística.

Publicado en:
«BOE» núm. 207, de 27 de agosto de 2024, páginas 46958 a 46958 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-B-2024-30234

TEXTO

El Pleno de la Corporación, en sesión de fecha 29 de julio de 2024, acordó someter a trámite de información previa el Programa de Adecuación de las Urbanizaciones de Lloret de Mar incluidas en polígonos de actuación urbanística, de conformidad con el artículo 12.2 de la Ley 3/2009, de 10 de marzo, de regularización y mejora de urbanizaciones con déficits urbanísticos.

Consiguientemente, se somete el expediente al trámite de audiencia durante el plazo de un mes a partir del día siguiente de la fecha de la última publicación de este edicto en el boletín oficial de la provincia de Girona, Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña, Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica municipal, en virtud del artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, al tener el acto por destinatario a una pluralidad indeterminada de personas y con la finalidad de conseguir la máxima difusión posible.

Durante dicho plazo el expediente restará en las oficinas del servicio de planificación y gestión urbanística y equipamientos municipales del Ayuntamiento de Lloret de Mar, situadas en la calle San Pere, 36, 1r piso, con la finalidad que pueda ser consultado en horario de atención al público, de 10 a 14 horas, y presentar alegaciones, si se considera oportuno.

El Programa de Adecuación de las Urbanizaciones de Lloret de Mar incluidas en polígonos de actuación urbanística también puede ser consultado en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Lloret de Mar.

Este es un acto administrativo de trámite y por tanto no es susceptible de recurso, sin perjuicio que se puedan presentar los escritos de alegaciones, observaciones o de cualquier otro tipo que estimen oportuno.

Lloret de Mar, 8 de agosto de 2024.- El alcalde, Adria Lamelas Martínez.

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