El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Sevilla, en uso de las facultades conferidas por el artículo 30.5.n) del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, ha resuelto con fecha 14 de Diciembre de 2023, aprobar la modificación de la concesión administrativa otorgada a Club Náutico de Sevilla, por acuerdo del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Sevilla el día 20 de Diciembre de 2007, para ocupar una parcela, y diversas instalaciones ubicadas en la misma, situadas en la margen derecha del Canal de Alfonso XIII, al norte del Puente de las Delicias, en el T.M. de Sevilla, con destino el desarrollo de actividades deportivas, incluyendo las náuticas, recreativas y culturales demandadas por sus socios.
Autorizado: Club Náutico de Sevilla
Modificación: Ampliación de la concesión con la lámina de agua situada anexa a la misma en una superficie de unos 9.000 metros cuadrados para la instalación de pantalanes para atraque de embarcaciones y puntos de atraque de embarcaciones deportivas.
Queda expresamente prohibido superar el límite del 20 por ciento para el número de atraques destinados a embarcaciones con eslora superior a 12 metros.
Será a cuenta del titular de la concesión la instalación y mantenimiento del balizamiento de las obras e instalaciones autorizadas de conformidad con el artículo 137 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre
Tasa de ocupación aguas: + 38.185,41 €/año. IVA excluido.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Sevilla, 16 de enero de 2024.- Presidente, Rafael Carmona Ruíz.
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