Habiéndose redactado los proyectos "estabilización y regeneración de las playas de la Almadraba y del Astillero entre los espigones de levante y garbí; t. m. de Vilassar de Mar (Barcelona)" y "estabilización y regeneración de la playa de poniente de Vilassar de Mar y de estabilización y retroalimentación de la playa de levante de Premià de Mar; t.t.m.m. de Vilassar de Mar y Premià de Mar (Barcelona)", y su correspondiente Estudio de Impacto Ambiental, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 36 dela Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el 45 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas y 98 del Reglamento General de Costas, aprobado mediante Real Decreto 876/2014, 10 de octubre, se someten a información pública, durante un plazo de treinta (30) días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Esta actuación se encuentra sometida a evaluación de impacto ambiental ordinaria, teniendo como promotor y órgano sustantivo a la Dirección General de la Costa y del Mar, adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
La documentación sometida e evaluación de impacto ambiental ordinaria puede consultarse en la sede electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a través de este enlace:
https://www.miteco.gob.es/es/costas/participacion-publica/08-pro-08-0358-maresme.html
Barcelona, 12 de septiembre de 2024.- El Jefe de la Demarcación de Costas en Cataluña, Barcelona.
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