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Documento BOE-B-2024-35896

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 8 de octubre de 2024, páginas 55621 a 55621 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
TRIBUNAL DE CUENTAS
Referencia:
BOE-B-2024-35896

TEXTO

Edicto

Actuaciones Previas n.º 85/2023. Ramo: SECTOR PÚBLICO LOCAL (Junta Vecinal de Garaño). Lugar: LEÓN

Doña Ana M.ª Encinas Amor, Secretaria de las Actuaciones previas de referencia,

Hace saber: Que en dichas Actuaciones Previas se ha dictado por la Delegada Instructora, el siguiente: "ACUERDO DE EMBARGO ESPECÍFICO.- En las Actuaciones Previas anotadas al margen, mediante Acuerdo de fecha 26 de abril de 2024, se requirió a don Luis Fernández Álvarez, con DNI n.º 097****3A, como presunto responsable contable del supuesto alcance fijado en el Acta de Liquidación Provisional celebrada en esa misma fecha, para el pago, depósito o afianzamiento por la cantidad total de CUATRO MIL QUINIENTOS SIETE EUROS Y SESENTA Y CINCO CÉNTIMOS (4.507,65 €), de principal, cantidad a la que se sumaron los correspondientes intereses legales que ascendieron a QUINIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS Y OCHENTA Y SIETE CÉNTIMOS (565,87 €), lo que dio un total de un alcance total de CINCO MIL SETENTA Y TRES EUROS Y CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS (5.073,52 €), de conformidad con el artículo 47.1.f) de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas. Habiéndose requerido al Sr. Fernández Álvarez, mediante el consiguiente Acuerdo de requerimiento de pago, para que reintegrase, depositase o afianzase la cantidad de 5.073,52 € y, al no haberse atendido dicho requerimiento, se dictó ACUERDO DE EMBARGO GENÉRICO, en fecha 5 de septiembre de 2024, por el que se acordó el embargo genérico de bienes y derechos del citado Sr. Fernández Álvarez, que le fue debidamente notificado por medio de edicto, en la forma legalmente prevista. En consecuencia, procede ACORDAR, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 47.1.g) de la Ley 7/1988, de 5 de abril, y demás preceptos concordantes sobre este particular, el embargo con carácter preventivo de las retribuciones que percibe D. Luis Fernández Álvarez, según lo establecido en el artículo 82 del RD 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación y con base en el porcentaje que legalmente corresponda, conforme al artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Notifíquese a don Luis Fernández Álvarez, con DNI 097****3A y líbrese el oportuno mandamiento de embargo con carácter preventivo a la entidad pagadora correspondiente que deba efectuar la retención. Madrid, a la fecha de la firma electrónica. - La delegada instructora: Carmen Rosado Santurino".

Los derechos o exacciones a que dé lugar la publicación de este edicto, se incluirán en la correspondiente tasación de costas en el supuesto de que hubiera condena expresa de los mismos, conforme a lo dispuesto en el artículo 68, apartado 2, de la Ley 7/1988, de Funcionamiento de este Tribunal.

Lo que se hace público para que sirva de notificación a don Luis Fernández Álvarez.

Madrid, 2 de octubre de 2024.- Secretaria de Actuaciones, Ana M.ª Encinas Amor.

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