El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Cartagena, en su sesión ordinaria correspondiente al 24 de octubre de 2023, entre otros, adoptó el acuerdo de renovar la licencia para la prestación del Servicio Portuario Básico de Practicaje en el Puerto de Cartagena a la entidad "Corporación de Prácticos del Puerto de Cartagena", actual prestador del servicio, hasta que se otorgue la nueva licencia mediante su adjudicación por concurso, conforme lo establece el vigente Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante y, en todo caso, por el plazo máximo de Un (1) Año si dicho otorgamiento no se aprobara con anterioridad.
Por otro lado, el Consejo de Administración, en su sesión ordinaria correspondiente al 19 de diciembre de 2023, adoptó entre otros, los siguientes acuerdos:
Renovar la licencia para la prestación del Servicio Portuario de Amarre y Desamarre de buques en el Puerto de Cartagena a la empresa "Agrupación de Boteros Amarradores del Puerto de Cartagena, S.L.", actual prestador del servicio, hasta que se otorgue la nueva licencia mediante su adjudicación por concurso conforme a lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante y, en todo caso, por un plazo máximo de Un (1) Año, si el otorgamiento no se aprobara con anterioridad.
Renovar la licencia para la prestación del Servicio Portuario de Recepción de Desechos generados por buques en el Puerto de Cartagena a la mercantil "Cartago Marpol, S.L.", actual prestador del servicio, hasta que se otorgue la nueva licencia mediante su adjudicación por concurso conforme a lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante y, en todo caso, por un plazo máximo de Un (1) Año, si el otorgamiento no se aprobara con anterioridad.
Renovar la vigencia de las licencias para la prestación del Servicio Portuario de Manipulación y Transporte de Mercancías en el Puerto de Cartagena a las empresas "Ership, S.A.", "Daniel Gómez Servicios Portuarios, S.L.", "Agencia Marítima Blázquez, S.A.", "Bergé Marítima, S.L.", "Terminal Marítima de Cartagena, S.L." y "Mantepuerto, S.L.", por un periodo de Un (1) Año, o hasta que se apruebe el Pliego de Prescripciones Particulares, en cuyo caso las licenciatarias tendrán un plazo de seis meses para adecuarse al mismo.
Lo que se hace público de conformidad con lo previsto en el artículo 113.5 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Cartagena, 19 de enero de 2024.- El Director General, José María Gómez Fuster.
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