BDNS(Identif.):804429
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/804429)
Primero.- Beneficiarios.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 2.2 de la Orden TED/1060/2024, de 25 de septiembre, en la línea de ayuda 2, podrán obtener la condición de entidad beneficiaria las siguientes entidades:
a) Entidades y organizaciones sin ánimo de lucro.
b) Organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas.
c) Universidades públicas y sus Institutos universitarios que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
d) Organizaciones y colegios profesionales.
e) Centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica sin ánimo de lucro de ámbito estatal.
f) Centros públicos o privados sin ánimo de lucro de I+D+i que en sus estatutos o en la normativa que los regule incluya la I+D+i.
g) Agrupaciones de personas jurídicas, públicas o privadas que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de subvención. Las agrupaciones deberán estar conformadas por las entidades mencionadas en los apartados anteriores. El número máximo de integrantes de una agrupación se establece en cuatro y deberán cumplir las condiciones del artículo 2.1.i) y 2.6 de la Orden TED/1060/2024, de 25 de septiembre, y se regirá según lo dispuesto en el artículo 4 de la presente convocatoria.
Segundo.- Objeto.
El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de ayudas a proyectos que contribuyan a la generación y aplicación del conocimiento científico para la protección y la conservación de la naturaleza, la biodiversidad y la infraestructura verde en el marco de la normativa, planes y estrategias nacionales, e integrando la igualdad de género y de oportunidades de forma transversal. Las líneas de investigación que se contemplan en esta convocatoria son:
a) Desarrollo de la infraestructura verde, la conectividad y la restauración ecológica.
b) Desertificación y degradación de tierras.
c) Transición energética y biodiversidad terrestre y marina.
La presente convocatoria se ajusta a la línea de ayuda definida en el apartado 2 del artículo 1.3 de la Orden TED/1060/2024, de 25 de septiembre, sobre generación y aplicación del conocimiento para la toma de decisiones en la planificación y gestión de la biodiversidad y para el desarrollo de la infraestructura verde.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden TED/1060/2024, de 25 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para el impulso de la infraestructura verde, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
Cuarto.- Dotación y cuantía de la subvención.
1. La dotación máxima global de la convocatoria es de hasta 5.943.284,00 €. La dotación máxima por región se establece atendiendo a la distribución geográfica del presupuesto determinada por la Subdirección General de Gestión del FEDER al inicio del periodo de programación 2021-2027.
El importe total mínimo del proyecto será de 200.000,00 € y el máximo de 400.000,00 €. Las solicitudes que se presenten fuera de este rango no serán admitidas.
2. La intensidad de la subvención será, como máximo, del 85% en el caso de las actuaciones ejecutadas en las Comunidades Autónomas de Canarias, Andalucía, Castilla - La Mancha, Extremadura y las Ciudades Autónomas de Ceuta, y Melilla; el 60% en las Comunidades Autónomas de Asturias, Islas Baleares, Cantabria, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Galicia, La Rioja y Región de Murcia y el 40% en las Comunidades Autónomas de Aragón, Cataluña, Comunidad de Madrid, Comunidad Foral de Navarra y País Vasco.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes comenzará desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, hasta el día 20 de febrero de 2025, en los términos y condiciones especificados en la Orden TED/1060/2024, de 25 de septiembre.
Sexto.- Otros datos.
El texto completo de la convocatoria, así como el resto de la información relevante del proceso estará publicado en la página web de la Fundación Biodiversidad, www.fundacion-biodiversidad.es.
Madrid, 19 de diciembre de 2024.- Elena Pita Domínguez - Directora de la Fundación Biodiversidad, F.S.P.
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