Por Resolución de fecha 19 de febrero de 2024 del Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, P.D. El Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible (Orden TMA/1007/2021, modificada por Orden TMA/355/2023; DF 2.ª, DT única y art. 7.2 del RD 829/2023) ha resuelto:
Aprobar el Expediente de Información Pública y definitivamente el "Estudio de Delimitación de Tramo Urbano y la propuesta de fijación de la línea límite de edificación, en la carretera N-2R entre los pp.kk. 220+090 y 220+600 del margen derecho y entre los pp.kk. 220+110 y 220+600 del margen izquierdo. T.M. Ateca (Zaragoza)" de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, según lo siguiente:
• Delimitar como tramo urbano la parte de la carretera N-2R comprendida entre el p.k. 220+110 del margen izquierdo hasta el p.k. 220+205; y entre el p.k. 220+410 (cruce con el camino de las Requijadas) y el p.k. 220+600 en ambos márgenes.
• Delimitar como travesía el tramo de la carretera N-2R comprendido entre el p.k. 220+090 hasta llegar al cruce con el camino de las Requijadas en margen derecho (p.k. 220+410) y el tramo comprendido entre el p.k. 220+205 hasta el mismo cruce en el margen izquierdo.
• Fijar, para el tramo urbano y la travesía establecidos en el punto anterior, la línea límite de edificación, conforme al planeamiento vigente en Ateca según planos adjuntos.
• Fijar el borde exterior de la zona de dominio público, medido horizontal y perpendicularmente desde la arista exterior de la explanación, a 3 metros del tronco de la N-2R.
• Fijar el borde exterior de la zona de servidumbre, medido horizontal y perpendicularmente desde la arista exterior de la explanación, a 8 metros desde el tronco de la N-2R.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/15, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Sr. Ministro del Departamento, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de esta en el Boletín Oficial del Estado, sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Lo cual se comunica para general conocimiento.
Zaragoza, 1 de marzo de 2024.- La Ingeniera Jefa de la Demarcación, Sandra de Francisco Méndez.
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