En atención a lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 20 bis.6 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, con fecha 4 de julio de 2025, el Subdirector General de Patrimonio, por delegación del Director General de Patrimonio (Res. 27/07/2015, BOE 05/08/2015) ha dictado el siguiente acuerdo de caducidad:
"Con fecha 21 de junio de 2024 se procedió a incoar por la Delegada de Economía y Hacienda en Soria expediente para la declaración administrativa de herencia abintestato a favor de la Administración General del Estado de MARÍA JOSÉ PEREIRA DOS SANTOS, publicándose el referido acuerdo en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de última residencia del causante y en la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública, siendo instruido de conformidad con los artículos 20.6 y 20 bis de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP), y en los artículos 4 y siguientes de su Reglamento General, aprobado por Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto.
De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 20 bis.6 de la LPAP, el procedimiento de abintestato ha incurrido en caducidad al haber transcurrido el plazo de un año desde que se acordó su inicio.
Por todo lo expuesto, esta Dirección General acuerda:
1º.- Declarar la caducidad del procedimiento incoado el 21 de junio de 2024 para reconocer a la Administración General del Estado como heredera abintestato MARÍA JOSÉ PEREIRA DOS SANTOS en aplicación del artículo 20 bis.6 LPAP, por haberse agotado el plazo de un año para la resolución del procedimiento, pudiendo volverse a incoar un nuevo procedimiento en el que, además de efectuarse el trámite de las publicaciones previstas en la ley, se incorporarán los actos y documentos cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no haberse producido la caducidad.
2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado y en los demás medios en los que se publicó el acuerdo de incoación, de conformidad con lo previsto en apartado 7 del artículo 20.bis de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, debiendo comunicarse además personalmente a los interesados en el expediente y, en su caso, al denunciante."
Conforme a lo dispuesto en artículo 20 bis.7 de la LPAP, se ordena la publicación de este acuerdo en Boletín Oficial del Estado.
Soria, 11 de julio de 2025.- La Delegada de Economía y Hacienda, Idelina Martínez Martínez.
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