Con fecha 12 de junio de 2025 la Subdirectora General de Planificación y Explotación, P. D. del Director General de Carreteras (OM TMA/1007/2021 de 9 de septiembre, modificada por Orden TMA/355/2023, de 10 de abril), ha resuelto lo siguiente:
1) Aprobar provisionalmente el anteproyecto de construcción y explotación "Área de servicio dotada de una estación de recarga ultrarrápida para vehículos eléctricos. Autovía del Este A-3, P.K. 99+138, ambas márgenes. T.M. de Saelices, provincia de Cuenca", redactado con fecha de abril de 2025.
2) Declarar la urgencia del anteproyecto en aplicación de lo previsto en el artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, por lo que el presente trámite también tendrá el carácter de información pública previa a la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto.
3) Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla - La Mancha, se proceda a incoar el expediente de información pública del estudio de viabilidad y del anteproyecto de construcción y explotación correspondientes a la nueva área de servicio de Saelices, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, a los siguientes efectos:
a) Artículos 247.3 y 248.3 y 4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
b) Artículo 27.1.b de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, para que puedan formularse cuantas alegaciones o sugerencias se estime conveniente.
c) Artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa, para que puedan presentarse alegaciones sobre la necesidad de ocupación o sobre posibles errores de la relación concreta e individualizada de servicios, bienes y derechos afectados.
El plazo de información pública será de treinta (30) días hábiles contados a partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones reglamentarias.
Tras el análisis de las alegaciones presentadas, de las respuestas a las consultas y de los informes preceptivos previstos en la legislación vigente, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible resolverá sobre la aprobación de expediente de información pública y la aprobación del estudio de viabilidad y definitiva del anteproyecto.
De conformidad con el artículo 248.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la aprobación definitiva del anteproyecto de referencia, en su caso, implicará la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes, modificación de servicios y adquisición de los derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres.
4) Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla - La Mancha:
a) Remita ejemplares del estudio de viabilidad y del anteproyecto de construcción y explotación a las Corporaciones Locales afectadas a efectos de su exposición al público, conforme al artículo 34.7 del Reglamento General de Carreteras (Real Decreto 1812/1994).
b) Lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente resolución sea publicada en el "Boletín Oficial del Estado" y en el de la provincia de Cuenca, y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia, si lo hubiere, comunicándose además a los Ayuntamientos en cuyos términos radique la cosa a expropiar para que la fijen en los tablones de anuncios respectivos, en cumplimiento del artículo 34.6 del Reglamento General de Carreteras y del artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa.
En estos medios se señalarán los lugares de exhibición del expediente, que, en todo caso, deberá estar a disposición de las personas que lo soliciten a través de medios electrónicos en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de acuerdo con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
c) Solicite el preceptivo informe indicado en el artículo 16 de Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras y en los artículos 247.3 y 248.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, a las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales afectadas.
d) Solicite el informe del anteproyecto de construcción y explotación y del estudio de viabilidad a los Departamentos Ministeriales afectados, Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas, en cumplimiento del artículo 8 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras."
En cumplimiento de dicha Resolución, esta Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla – La Mancha procede a incoar el correspondiente expediente de información pública del Anteproyecto de construcción y explotación y del estudio de viabilidad "Área de servicio dotada de una estación de recarga ultrarrápida para vehículos eléctricos. Autovía del Este A-3, P.K. 99+138, ambas márgenes. T.M. de Saelices, provincia de Cuenca", (Calve A0-CU-0001/SGE-ADS-24-039), en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante un plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del primer día hábil siguiente a la última fecha de las publicaciones reglamentarias, a los efectos fijados en:
a) Artículos 247.3 y 248.3 y 4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/ 24/UE, de 26 de febrero de 2014.
b) Artículos 12.2 y 27.1.b de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, para que puedan formularse cuantas alegaciones o sugerencias se estime conveniente.
c) Artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa, para que puedan presentarse alegaciones sobre la necesidad de ocupación o sobre posibles errores de la relación concreta e individualizada de servicios, bienes y derechos afectados. Se comunicará además a los Ayuntamientos de Saelices y Villarrubio, donde radican los bienes a expropiar, para que fijen dicha relación en sus tablones de anuncios. Todo ello con objeto de que cualquier persona pueda formular alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores en la citada relación u oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de la ocupación.
La documentación del Anteproyecto de construcción y explotación y del estudio de viabilidad podrá ser consultada en la página web del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible https://www.transportes.gob.es/el-ministerio/buscador-participacion-publica, así como en la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla - La Mancha, con sede en Toledo, Plaza De Santa Clara, 7, 45071, En la Unidad de Carreteras del estado en Cuenca, sita en la calle C/ Ramón y Cajal, 53, 16071, así como en los Ayuntamientos afectados de Saelices y Villarrubio.
Entre los documentos que se someten a examen figura la copia de la aprobación provisional del anteproyecto de construcción y explotación y del estudio de viabilidad.
Durante el expresado plazo, y en virtud de la legislación indicada, se podrán presentar por escrito dirigido a la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla - La Mancha, por cualquiera de los sistemas señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las alegaciones y observaciones que se estimen oportunas en relación con el anteproyecto y/o el estudio de viabilidad a los efectos señalados.
Asimismo, los interesados podrán aportar los oportunos datos y alegaciones para rectificar los posibles errores de la relación de bienes y derechos publicada u oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de ocupación, en cuyo caso se indicarán los motivos por los que deba considerarse preferente la ocupación de otros bienes o la adquisición de otros derechos distintos y no comprendidos en la relación, como más convenientes al fin que persiguen.
Relación de bienes y derechos afectados en el término municipal de Saelices:
Nº DE ORDEN |
POL |
PARC |
TITULAR CATASTRAL |
APROVECHAMIENTO REAL |
EXP. (m2) |
SERV. (m2) |
O. T. (m2) |
TOTAL (m2) |
NATURALEZA |
16-1868-0001 |
506 |
00019 |
SANCHEZ LOPEZ SEBASTIAN |
Labor o labradio secano |
4 |
170 |
179 |
353 |
Rural |
16-1868-0002 |
506 |
01025 |
SANCHEZ LOPEZ SEBASTIAN GARCIA PRIEGO PILAR |
Labor o labradio secano |
0 |
0 |
53 |
53 |
Rural |
Relación de bienes y derechos afectados en el término municipal de Villarrubio:
Nº DE ORDEN |
POL |
PARC |
TITULAR CATASTRAL |
APROVECHAMIENTO REAL |
EXP. (m2) |
SERV. (m2) |
O. T. (m2) |
TOTAL (m2) |
NATURALEZA |
16-2700-0001 |
505 |
09009 |
MINISTERIO PARA LA TRANSICION ECOLOGICA Y EL RETO DEMOGRAFICO |
Via de comunicación de dominio publico |
40 |
0 |
0 |
40 |
Rural |
16-2700-0002 |
505 |
9013 |
MINISTERIO PARA LA TRANSICION ECOLOGICA Y EL RETO DEMOGRAFICO |
Via de comunicación de dominio publico |
460 |
0 |
0 |
460 |
Rural |
Toledo, 15 de julio de 2025.- Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha, Francisco Javier González Cabezas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid