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Documento BOE-B-2025-32058

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A. relativo a la información pública de una concesión de aguas subterráneas en el TT.MM. de Villanueva de la Jara y El Peral (Cuenca).

Publicado en:
«BOE» núm. 216, de 8 de septiembre de 2025, páginas 50637 a 50638 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2025-32058

TEXTO

Se somete al trámite de Información Pública la siguiente solicitud de concesión de aguas, presentada en esta Confederación Hidrográfica del Júcar.

Expediente: 5534/2003 (2003CP0299).

Peticionario: T.J. AGRICULTURA, S.L. (B16166274).

Términos Municipales: Villanueva de la Jara (Cuenca) y El Peral (Cuenca).

Masa de agua subterránea: 080-200 – Mancha Oriental

Destino del agua: Agropecuario: Riego de 559,70 ha.

Otros usos domésticos distintos del consumo humano.

Necesidades hídricas totales:

Volumen máximo anual: 871.670 m³/año (870.170 m³/año con destino a riego de 559,70 ha y 1.500 m³/año con destino uso doméstico).

Caudal máximo instantáneo: 294 l/s

Características:

Aprovechamiento de aguas subterráneas, mediante ocho captaciones de 300 m de profundidad y 450 mm de diámetro para la captación nº 1, de 9 m de profundidad y 900 mm de diámetro para la captación nº 2 y nº 5, de 33 m de profundidad y 450 mm de diámetro para las captaciones nº 3, de 18 m de profundidad y 1100 mm de diámetro para la captación nº 4, de 100 m de profundidad y 250 mm de diámetro para las captaciones nº 6, de 80 m de profundidad y 120 mm de diámetro para la captación nº 7, de 500 m de profundidad y 450 mm de diámetro para la captación nº 8.

Su situación queda determinada para cada una de las captaciones, por las siguientes coordenadas referenciadas al sistema ETRS89, polígonos y parcelas y término municipal, todas ellas en el paraje "El Palo", X=592.142; Y=4.368.723, parcela 4 del polígono 6, T.M. Villanueva de la Jara (Cuenca); X=593.348; Y=4.368.496, parcela 4 del polígono 5, T.M. Villanueva de la Jara (Cuenca); X=591.780; Y=4.368.711, parcela 3 del polígono 319, T.M. Villanueva de la Jara (Cuenca); X=592.927; Y=4.368.289, parcela 4 del polígono 5, T.M. Villanueva de la Jara (Cuenca); X=593.347; Y= 4.368.519, parcela 4 del polígono 5, T.M. Villanueva de la Jara (Cuenca); X=591.351; Y=4.371.676, parcela 24 del polígono 2, T.M. El Peral (Cuenca); X=591.518; Y=4.371.720, parcela 24 del polígono 2, T.M. El Peral (Cuenca); X=591.766; Y=4.368.708, parcela 3 del polígono 328, T.M. Villanueva de la Jara (Cuenca), de acuerdo con el proyecto correspondiente incorporado al expediente.

Las instalaciones consisten en siete grupos electrobomba sumergibles con una potencia de 300 kW (407,6 C.V.); 5 kW (6,79 C.V.); 7 kW (9,51 C.V.); 10 kW (13,59 C.V.); 401 kW (544,74 C.V.) respectivamente para las captaciones nº 1, 3, 6, 7 y 8, encontrándose sin instalación las captaciones 2, 4 y 5.

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Aguas (R.D.L. 1/2001, de 20 de julio) y en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (R.D. 849/1986, de 11 de abril), se abre información pública sobre dicha petición por un plazo de UN MES, contado desde la publicación de este anuncio.

Durante dicho plazo se admitirán otras peticiones que tengan el mismo objeto que la que se anuncia o que sean incompatibles con ella. A las instancias se acompañarán los documentos técnicos preceptivos debidamente precintados, no admitiéndose otras peticiones en competencia transcurrido el plazo fijado. Los documentos podrán presentarse en el Registro de la Confederación Hidrográfica del Júcar (Avda. Blasco Ibáñez, nº 48 de Valencia), o por cualquier otro medio admitido por las disposiciones vigentes. Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el artº. 105 del citado Reglamento se denegará la tramitación posterior de toda petición presentada que suponga una utilización de caudal superior al doble de la que figura en la petición inicial, sin perjuicio de que el peticionario que pretenda solicitar un caudal superior al límite fijado, pueda acogerse a la tramitación indicada en el apartado 3 de dicho artículo.

En el mismo plazo mencionado podrá ser examinada la documentación aportada al expediente, así como presentar las reclamaciones que se estimen procedentes en el Registro de la Confederación Hidrográfica del Júcar (Avda. Blasco Ibáñez, nº 48 de Valencia) o por cualquier otro medio admitido por las disposiciones vigentes. Estarán disponibles tanto el informe de la Oficina Hidrológica, como la Nota de Características y el informe cartográfico de la concesión a través de medios electrónicos, en la ruta de acceso Confederación Hidrográfica del Júcar – Atención a la Ciudadanía – Informaciones públicas. Estos documentos recogen la totalidad de los datos esenciales de la concesión (volumen, captación, superficie de riego, etc.). Los sujetos no obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas, conforme al artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrán personarse en la sede de la Confederación Hidrográfica del Júcar para acceder de forma presencial al expediente, si así lo desean.

El acto de Desprecintado de los documentos técnicos presentados, al que podrán asistir los interesados, se realizará a las 12 h del séptimo día laborable, contado desde la terminación del plazo de un mes antes citado, levantándose al final del mismo el Acta correspondiente.

Valencia, 3 de septiembre de 2025.- El Secretario General de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A, Juan Torralba Rull.

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