Ha sido admitido el depósito de la modificación de estatutos de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (Boletín Oficial del Estado de 4 de abril de 1977) y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de depósito fue formulada por D. Luis Francisco Miguel Gil mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2025/002584.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 13/08/2025 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 08/10/2025.
La Asamblea General Ordinaria, celebrada el 27 de junio de 2025, acordó modificar el artículo 2 de los Estatutos de la organización, relativo al domicilio social.
Asimismo, la Asamblea General Extraordinaria, celebrada el 3 de octubre de 2025, adoptó el acuerdo de modificar el artículo 34 de los Estatutos de la asociación y de suprimir el artículo 35.
El certificado aparece suscrito por D. Vicente Guerrero Añó como Secretario General con el visto bueno del Presidente D. Luis Francisco Miguel Gil.
Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).
Madrid, 13 de octubre de 2025, La Directora General de Trabajo, P.D. (Real Decreto 502/2024, de 21 de mayo y Orden TES/801/2025, de 18 de julio) El Subdirector General de Relaciones Laborales, Rafael Martínez de la Gándara.
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