BDNS(Identif.):710868
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/710868)
Con fecha 25 de agosto de 2022 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Orden ICT/819/2022, de 12 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a impulsar el crecimiento de las pymes a través de los programas «Activa Industria 4.0», «Activa Crecimiento» y «Activa Ciberseguridad», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Con fecha 2 de agosto de 2023 se publicó en el Boletín Oficial del Estado número 183 el extracto de la Resolución de fecha 31 de julio de 2023 por la que aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la transformación digital a través de la iniciativa «Activa Crecimiento», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con una cuantía máxima de subvención a conceder de 15.990.000 €, con una estimación de 2.600 pymes beneficiarias.
En aplicación de lo establecido en el artículo 62.3 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y en el artículo 11 de la Orden de Bases, de acuerdo con el crédito disponible procedente de la disminución operada en la Convocatoria de ayudas dirigidas a impulsar la transformación digital de las pymes industriales, a través del «Programa Activa Industria 4.0» en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia publicada en el Boletín Oficial del Estado número 27 de fecha 31 de enero de 2025, se acuerda incrementar la cuantía de la misma pasando de 15.990.000 € y una previsión de 2.600 pymes beneficiarias a una cuantía total máxima de 22.755.000 euros y una previsión de 3.700 pymes beneficiarias.
Se acuerda asimismo levantar la suspensión del plazo de presentación de solicitudes acordado, a los efectos de poder agotar el crédito disponible aprobado en la Resolución de Convocatoria de fecha 31 de julio de 2023 y ampliado mediante esta resolución.
El resto de condiciones previstas en la convocatoria, permanecen inalteradas.
Madrid, 31 de enero de 2025.- José Bayón López, Director General de la Fundación EOI, F.S.P.
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