Se hace público, de acuerdo con el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986 de 11 de abril, que esta Confederación Hidrográfica del Tajo ha iniciado, de oficio, expediente de extinción de un aprovechamiento de aguas con las siguientes características:
Corriente de la que se deriva: Río Alagón
Clasificación decimal: T-1-42
Clase de aprovechamiento: Riego
Nombre de los usuarios: Eugenia Clemente Martín, María Aragema Clemente Mariana y Elisa Sánchez Andrés
Lugar, término municipal y provincia de la toma: Finca "La Zahocera o Sahuceda", Torrejoncillo (Cáceres)
Coordenadas U.T.M. Datum ETRS89 de la toma: X: 204.972; Y: 4.428.927 del huso 30
Caudal (l/s): 16
Superficie de riego (ha): 15,6530
Título que ampara el derecho: Concesión otorgada por Orden de la Dirección General de Obras Hidráulicas de fecha 4 de enero de 1955
Motivo: Encontrarse los terrenos destinatarios del aprovechamiento dominados por Canales del Estado, según lo establecido en la condición 10ª de la Orden de la Dirección General de Obras Hidráulicas de fecha 4 de enero de 1955, de otorgamiento de la concesión
Referencia del expediente: E-0047/2025
Lo que se comunica a los posibles titulares de derechos e intereses afectados, significándoles que, de conformidad con la normativa aplicable, se abre un plazo de UN (1) MES, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, para que, quien lo desee, pueda examinar la documentación del expediente y manifestar cuanto considere conveniente en su defensa.
Para ello, deberá remitir antes de la finalización de dicho plazo una petición expresa a este Organismo indicando en el asunto de su solicitud la referencia del expediente, así como su nombre, apellidos, NIF y dirección de notificación. A la dirección de correo electrónico desde la que realice la solicitud, le llegará la notificación informándole de la puesta a disposición de la información en la sede electrónica de la Administración, a la que podrá acceder previa identificación.
Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 17 de noviembre de 2025.- La Jefa de Área de Régimen de Usuarios, María Belén Rodríguez Díaz.
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