BDNS(Identif.):857468
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/857468)
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/870533)
Los códigos asignados por la Base de Datos Nacional de Subvenciones corresponden a un mismo texto de convocatoria.
Primero. Entidades beneficiarias.
Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la convocatoria, los organismos públicos de investigación, las universidades públicas y sus institutos universitarios, las universidades privadas, los institutos de investigación sanitaria acreditados, los Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal, otros centros de I+D+i públicos y privados sin ánimo de lucro, las empresas y las asociaciones empresariales sectoriales.
Segundo. Objeto.
Las ayudas tienen por objeto la financiación de proyectos de desarrollo experimental en colaboración entre empresas y organismos de investigación, a fin de avanzar en la incorporación de conocimientos y resultados científico-técnicos que permitan la validación y el desarrollo precompetitivo de nuevas tecnológicas, productos y servicios, creando el contexto adecuado que estimule la generación de una masa crítica en I+D+i de carácter interdisciplinar para su aplicación, transferencia, búsqueda de soluciones y generación de resultados tanto en las trayectorias tecnológicas y de innovación de las empresas como en el mercado.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden CIN/1025/2022, de 27 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas correspondientes a varios programas y subprogramas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, cuya gestión corresponda a la Agencia Estatal de Investigación.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía total máxima de las ayudas convocadas en esta orden asciende a 300.000.000 de euros, que se imputará a las aplicaciones presupuestarias equivalentes, en los ejercicios 2027 y siguientes, a las actuales 28.303.463B.750 y 28.07.463B.83116 de los Presupuestos Generales del Estado, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.
Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes de participación serán presentadas de conformidad con el procedimiento que se describe en el artículo 13 de la convocatoria.
La cumplimentación y envío telemático de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la página web de la Agencia Estatal de Investigación.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 9 de enero y finalizará el día 30 de enero de 2026 a las 14:00 horas (hora peninsular española).
Sexto. Criterios de evaluación de las solicitudes.
Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Calidad, viabilidad y potencial de transferencia de la propuesta.
b) Capacidad científico-técnica y económica del consorcio.
c) Impacto esperado de los resultados.
d) Adecuación del presupuesto solicitado.
La descripción de los criterios, así como su valoración y umbrales, se determinan en el Anexo I de la convocatoria.
Madrid, 24 de noviembre de 2025.- La Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades (P.D. Orden CNU/670/2024, de 25 de junio, BOE nº 158, de 1 de julio, el Presidente de la Agencia Estatal de Investigación) y el Presidente de la Agencia Estatal de Investigación, Juan Cruz Cigudosa García.
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