Está Vd. en

Documento BOE-B-2026-12340

Extracto de la Resolución de 17 de marzo de 2026 del Secretario de Estado de Memoria Democrática por la que se convocan para el año 2026 Subvenciones destinadas a actividades relacionadas con la Atención y Apoyo a las Víctimas de la Guerra y de la Dictadura

Publicado en:
«BOE» núm. 96, de 20 de abril de 2026, páginas 19484 a 19486 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-B-2026-12340

TEXTO

BDNS(Identif.):898890

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/898890)

Primero. Entidades beneficiarias.

Asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro, así como las universidades creadas conforme a la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre y los organismos públicos de investigación. En el caso de asociaciones y fundaciones, para poder ser beneficiarias habrán de estar legalmente constituidas e inscritas, en su caso, en los correspondientes registros y carecer de ánimo de lucro.

Para poder ser entidad beneficiaria, las entidades deben tener Número de Identificación Fiscal (N.I.F.) de persona jurídica.

Los requisitos exigidos deberán cumplirse a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la actividad subvencionada.

Quedan excluidas como posibles beneficiarias las entidades societarias con ánimo de lucro, las entidades de derecho público, los partidos políticos, los colegios profesionales y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente.

Segundo. Objeto.

Concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva destinadas a fomentar la ejecución de proyectos dirigidos a la dignificación y el reconocimiento moral de las víctimas de la guerra de España y de la Dictadura en el contexto de la memoria democrática de las siguientes líneas de proyectos:

a)         Estudios e investigaciones relativas al reconocimiento moral de las víctimas de la Guerra de España y de la Dictadura en el contexto de la memoria democrática. Se incluyen en este apartado los dirigidos a estudios documentales relacionados con personas desaparecidas.

b)         Publicaciones y organización de cursos, jornadas, conferencias, exposiciones y demás eventos de tipo científico y/o divulgativo relativos a la dignificación y el reconocimiento moral de las víctimas de la Guerra de España y/o de la Dictadura en el contexto de la memoria democrática.

c)         La recopilación, conservación, estudio y difusión del patrimonio documental escrito, oral, audiovisual (fotografías, carteles, grabaciones sonoras, películas...) o intelectual (manifestaciones artísticas, musicales, literarias...) de la guerra de España y/o de la Dictadura relativos a la dignificación y el reconocimiento moral de las víctimas de la Guerra de España y/o de la Dictadura en el contexto de la memoria democrática.

El plazo máximo para ejecutar cada proyecto será de un año a partir de la publicación de la resolución de concesión correspondiente.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden PCM/725/2020, de 27 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a actividades relacionadas con la recuperación de la Memoria Democrática y las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura, publicada en el BOE núm. 205, de 29 de julio de 2020, páginas 59910 a 59922 (13 págs.), modificada por la Orden PCM/853/2023, de 21 de julio BOE núm. 75 de 24 de julio de 2023, páginas 107.862 a 107.866 (5págs.)

Cuarto. Cuantía.

El importe de las ayudas convocadas será, como máximo, de 1.212.000 euros, del presupuesto de gastos del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. Se destinarán 916.000 euros, para asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro con cargo a la aplicación presupuestaria 22.03.925M.480, 260.000 euros para Universidades dependientes de las Comunidades Autónomas con cargo a la aplicación presupuestaria 22.03.925M.452, 24.000,00 euros para Universidades Estatales con cargo a la aplicación presupuestaria 22.03.925M.442 y 12.000,00 euros para Organismos públicos de investigación con cargo a la aplicación presupuestaria 22.03.000X.432. Se imputará al ejercicio 2026 el 75% de las cantidades anteriores (687.000,00, 195.000, 18.000,00 y 9.000,00 euros respectivamente) y al ejercicio 2028 el 25% restante (229.000,00, 65.000, 6.000,00 y 3.000,00 euros respectivamente).

Se establece una cuantía adicional hasta un máximo de 40.000 euros debido a que los créditos a los que resulta imputable no están disponibles en el momento de la convocatoria pero cuya disponibilidad se prevé obtener en cualquier momento anterior a la resolución de concesión por depender de un aumento de los créditos derivado de haberse reconocido o liquidado obligaciones derivadas de convocatorias anteriores por importe inferior a la subvención concedida, siempre que se trate de convocatorias con cargo a los mismos créditos presupuestarios o a aquéllos cuya transferencia pueda ser acordada por el Ministro respectivo, de acuerdo con el artículo 63.1.a) de la Ley General Presupuestaria. Esta convocatoria hace constar expresamente que la efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito como consecuencia de las circunstancias antes señaladas y, en su caso, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención.

La cuantía mínima de la ayuda a solicitar serán 4.000 euros. La cuantía máxima de la ayuda a percibir serán las señaladas a continuación, en atención al proyecto a ejecutar:

a)         Hasta 12.000 euros para estudios e investigaciones relativas al reconocimiento moral de las víctimas de la Guerra de España y de la Dictadura en el contexto de la memoria democrática.

b)         Hasta 5.000 euros para publicaciones y organización de cursos, jornadas, conferencias, exposiciones y demás eventos de tipo científico y/o divulgativo relativos a la dignificación y el reconocimiento moral de las víctimas de la guerra de España y/o de la Dictadura en el contexto de la memoria democrática.

c)         Hasta 10.000 euros para la recopilación, conservación, estudio y difusión del patrimonio documental escrito, oral, audiovisual (fotografías, carteles, grabaciones sonoras, películas...) o intelectual (manifestaciones artísticas, musicales, literarias...) de la guerra de España y/o de la Dictadura en el contexto de la memoria democrática.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes deberán presentarse a través de la aplicación electrónica habilitada a tal efecto. Para ello se facilitará el enlace correspondiente en la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática:

https://mptmd.sede.gob.es/pagina?id=AV2026

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días a partir de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. El plazo se cerrará a las 14:00 horas del último día.

Sexto. Recurso.

Contra la Resolución de la convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, podrá interponerse recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, computándose ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Séptimo. Publicación de la resolución de convocatoria y entrada en vigor.

La presente resolución de convocatoria entrará en vigor el día siguiente de la publicación de su extracto en el «Boletín Oficial del Estado». El texto íntegro de la convocatoria estará disponible a través del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BDNS):

http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias

Madrid, 17 de marzo de 2026.- Fernando Martínez López, Secretario de Estado de Memoria Democrática.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid