La sociedad Terminal Port Nou, S.A. es titular de una concesión administrativa de dominio público en el muelle Adosado del puerto de Barcelona cuyo objeto es la explotación de una terminal multipropósito, abierta al uso general, que sirve de apoyo a la prestación de servicios portuarios básicos de manipulación de mercancías en el tráfico de carga general.
Previa la tramitación correspondiente, con fecha 23 de febrero de 2022, esta Autoridad Portuaria, con la conformidad de la referida sociedad acordó la revisión de la citada concesión. Dicha revisión comportaba necesariamente un cambio de emplazamiento de la terminal concesionada desde el muelle Adosado al muelle Príncipe de España, sin perjuicio del cumplimiento de lo previsto a estos efectos por la normativa aplicable, dado el carácter sustancial de la modificación (art. 88.2.b del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre (TRLPEMM).
A esos efectos, la sociedad Terminal Port Nou, S.A. ha solicitado la modificación sustancial, por cambio de ubicación de la concesión de que es titular en el puerto de Barcelona, y con ese objeto ha presentado ante esta Autoridad Portuaria el Proyecto Básico y el Proyecto de Inversiones que se pretenden llevar a cabo en el nuevo emplazamiento.
Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85 del TRLPEMM, para que, en el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial del Estado», los interesados puedan examinar la documentación de que se trata, que estará a su disposición en el Tablón de anuncios de la Sede electrónica (https://seu.portdebarcelona.gob.es/noticeboard-web/es/APB) y en las oficinas del Servicio de Acceso Unificado (SAU), sito en planta baja, módulo Este del edificio World Trade Center del muelle Barcelona (de lunes a viernes laborables y en horario de 8:30 a 14:30 horas, en esta última opción). Las alegaciones podrán presentarse presencialmente en el SAU o por el registro electrónico, sin perjuicio de las obligaciones impuestas en esta materia por el ordenamiento jurídico aplicable a las personas jurídicas y a las entidades que integran el sector público. A los efectos del cómputo del plazo de información pública, no se considerará hábil el mes de agosto.
Barcelona, 22 de julio de 2026.- El director general, Àlex Garcia i Formatjé.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid