IBERDROLA CLIENTES, S.A.U., ha solicitado a la Autoridad Portuaria de Santander el otorgamiento de una concesión demanial portuaria para la ocupación de terrenos e instalaciones de dominio público portuario destinados a la construcción y explotación de instalaciones de suministro eléctrico a buques en atraque mediante tecnología OPS, Onshore Power Supply, en el Puerto de Santander.
El objeto de la solicitud comprende el despliegue, instalación, operación, mantenimiento y explotación integral de la infraestructura OPS necesaria para permitir la conexión de los buques a la red eléctrica terrestre durante su estancia en puerto, así como, en su caso, la implantación de soluciones energéticas complementarias funcionalmente vinculadas a la electrificación, descarbonización y mejora de la eficiencia energética de la actividad portuaria.
La concesión se solicita por un plazo de treinta y cinco (35) años, con arreglo al proyecto básico y a la documentación técnica y económico-financiera aportada por la entidad solicitante.
En virtud de lo establecido en los artículos 83 y 85.1 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, mediante el presente anuncio se inicia el trámite de competencia de proyectos.
A tal efecto, se abre un plazo de UN (1) MES, contado desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial del Estado», para la presentación de otras solicitudes que tengan el mismo objeto que la formulada por IBERDROLA CLIENTES, S.A.U.
Las solicitudes que se presenten deberán reunir, en todo caso, los requisitos y acompañarse de los documentos y justificantes establecidos en el artículo 84 del citado Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Las solicitudes de proyectos alternativos deberán referirse a la totalidad del ámbito funcional y territorial sometido al presente trámite de competencia de proyectos, identificado en los planos y documentación incorporados al expediente, y deberán definir suficientemente:
— Las superficies, terrenos, instalaciones y espacios de dominio público portuario cuya ocupación se solicita.
— Las características técnicas de las instalaciones OPS propuestas.
— Los puntos de conexión y suministro eléctrico a buques.
— Los tipos de buques, muelles y atraques incluidos en la propuesta.
— Las obras, equipos e instalaciones que se pretenden ejecutar.
— El programa de inversiones y los plazos previstos para su implantación.
— El modelo de explotación, operación y mantenimiento de las instalaciones.
— La viabilidad técnica, económica y financiera del proyecto.
— Las medidas de integración ambiental, eficiencia energética, seguridad, interoperabilidad y compatibilidad con la operativa portuaria.
Las solicitudes se presentarán a través de la sede electrónica de la Autoridad Portuaria de Santander, mediante el trámite de instancia general, indicando como asunto: «Trámite de competencia de proyectos. Instalaciones OPS en el Puerto de Santander».
La documentación relativa a la delimitación del ámbito solicitado, incluido el plano de ubicación de las instalaciones, podrá consultarse en el Área de Infraestructura y Dominio Público en horario de 9:00 a 14:00 horas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 85.1 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en el supuesto de que durante el trámite de competencia de proyectos se formulen varias solicitudes, el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santander seleccionará aquella que, a su juicio y de forma motivada, presente mayor interés portuario.
Para la valoración y selección de las solicitudes se tendrán en cuenta, entre otros, los siguientes criterios:
— El interés portuario y estratégico de la propuesta.
— La cobertura de muelles, atraques, tipologías de buques y demanda energética prevista.
— La cuantía de la inversión privada comprometida y su grado de definición.
— La solvencia técnica, profesional, económica y financiera del solicitante.
— La madurez técnica y administrativa del proyecto y la viabilidad de su ejecución.
— El plazo de implantación y puesta en servicio de las instalaciones.
— La compatibilidad de la actuación con la planificación, los usos y la operativa del Puerto de Santander.
— La interoperabilidad, fiabilidad, disponibilidad y seguridad de las instalaciones.
— La rentabilidad y la explotación eficiente del dominio público portuario.
— La contribución del proyecto a la electrificación, descarbonización y eficiencia energética de la actividad portuaria.
— La minimización de las afecciones ambientales y la adecuada integración de las instalaciones en el entorno portuario.
En la tramitación del procedimiento se respetará la confidencialidad de los proyectos y de la documentación aportada por los distintos solicitantes, en los términos establecidos en el artículo 85.1 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Si durante el plazo concedido no se presentasen otras solicitudes, continuará la tramitación del expediente correspondiente a la solicitud formulada por IBERDROLA CLIENTES, S.A.U., de acuerdo con lo establecido en los apartados siguientes del artículo 85 del citado Texto Refundido.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Santander, 29 de julio de 2026.- El Presidente, César Díaz Maza.
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