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Documento BOE-B-2026-27304

Anuncio de la Autoridad Portuaria de Santander de modificación de las bases de la convocatoria de concurso público para la selección una oferta para la tramitación de un expediente de concesión de dominio público.

Publicado en:
«BOE» núm. 202, de 18 de agosto de 2026, páginas 44172 a 44173 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-B-2026-27304

TEXTO

En fecha 17 de abril de 2026 fue publicado anuncio en el Boletín Oficial del Estado nº 94 por el que se convocaba concurso público con el objeto de seleccionar la oferta que se tramitará para el otorgamiento de una concesión administrativa para la adecuación y explotación de una instalación náutico-deportiva en la zona Este de la dársena de Marina del Cantábrico del Puerto de Santander, finalizando el plazo para presentar ofertas el día 17 de agosto de 2026.

Al amparo de lo establecido por la base 12.1 del Pliego de Bases, diversos interesados han formulado escritos solicitando aclaraciones relativas a los documentos que rigen el concurso, así como los concursos para las zonas Este y Oeste, -habiéndose emitido informe conjunto al respecto por parte de la Jefatura de Área de Infraestructuras y Dominio Público y de la Jefatura de Departamento de Administración General y Servicio Jurídico.

Habida cuenta de que de dichos escritos resulta que determinadas aclaraciones pueden implicar la modificación del Pliego de Bases y del Pliego de Condiciones Administrativas que rigen la convocatoria, cuya competencia corresponde al Consejo de Administración y estando próxima la finalización del plazo de presentación de ofertas, por resolución de la Presidencia de 6 de agosto de 2026, publicada en el BOE de 7 de agosto, nº 192 se acordó la suspensión del mismo, en tanto en cuanto el Consejo resuelva tales modificaciones.

Del informe conjunto antes indicado se considera necesario, por motivos de seguridad jurídica realizar una serie de modificaciones del pliego de bases y del pliego de condiciones generales y particulares, así como la corrección de determinados errores materiales.

A la vista de lo anterior, por Acuerdo del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santander, en sesión celebrada el 14 de agosto de 2026, se acordó:

1º.- La corrección de errores y modificación de las bases 5.1.2, 9.2, 13.3.1 apartado J, 13.3.2 A b), 13.4.2.3, 13.6, 17.2.3, 19, anexo IV y anexo VIII del Pliego de Bases y de las condiciones 43 y 45 del Pliego de Condiciones Generales y Particulares que rigen el concurso para la selección de oferta que se tramitará para el otorgamiento de una concesión administrativa para la adecuación y explotación de una instalación náutico-deportiva en la zona Este de la dársena de Marina del Cantábrico del Puerto de Santander.

2º.- La publicación en el apartado correspondiente de la página web de la Autoridad Portuaria de Santander del acuerdo y los pliegos con las modificaciones acordadas.

3º.- El levantamiento de la suspensión del plazo para la presentación de ofertas, fijando como nuevo plazo y hora de presentación de ofertas el día 28 de septiembre de 2026 hasta las 13:00 H.

4º.- La habilitación al presidente para la corrección de hipotéticos errores materiales de los pliegos y su publicación en la página web de la Autoridad Portuaria, dando cuenta de las resoluciones que al respecto se adopten al Consejo de Administración en la inmediata sesión siguiente.

5º.- La publicación del acuerdo en el B.O.E. y en el D.O.U.E.

Contra la presente resolución, los interesados podrán interponer en el plazo de UN MES, a contar desde el siguiente al de su notificación, recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santander (Arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Asimismo, podrá interponer en el plazo de DOS MESES, a contar desde el siguiente al de su notificación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso–administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (Arts. 10.1.j) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

En el supuesto de haberse interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto (Art. 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Santander, 14 de agosto de 2026.- El Presidente, César Díaz Maza.

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