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BDNS(Identif.):928663
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/928663)
Publicadas mediante Orden DSA/1028/2021, de 20 de septiembre, las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa europeo "Cuerpo Europeo de Solidaridad", modificada por Orden JUI/292/2026, de 17 de marzo, se hace preciso adoptar la presente convocatoria para la concesión de las subvenciones en el marco del Programa "Cuerpo Europeo de Solidaridad" para la ronda de febrero del año 2026, financiado por la Comisión Europea.
La Convocatoria se rige por las siguientes bases:
a) De acuerdo con las asignaciones de fondos para acciones descentralizadas establecidas por la Comisión Europea en su plan de trabajo del Programa "Cuerpo Europeo de Solidaridad", así como los créditos presupuestarios disponibles para la ejecución del mismo, se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva por un importe de 226.874,20 euros. Su distribución es la siguiente:
Acción
Importe
Proyectos solidarios
226.874,20
TOTAL
226.874,20
b) Sin perjuicio de lo anterior, la concesión de las ayudas estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.
2.- Distribución de las ayudas convocadas.
Los fondos asignados por la Comisión Europea en su plan de trabajo del Programa Cuerpo Europeo de Solidaridad a España para las acciones descentralizadas se repartirán teniendo en cuenta la calidad de las solicitudes, los objetivos y las prioridades establecidas en la guía del programa (Apartado "Criterios de selección" de cada una de las acciones y Apartado "E. Información para los solicitantes/Criterios de concesión").
3.- Requisitos y forma de presentación de las solicitudes.
Los solicitantes deberán registrarse previamente según el procedimiento establecido en la guía del programa.
Los solicitantes deben presentar su solicitud electrónica utilizando únicamente los formularios específicos para cada acción y disponibles en el sitio web de la Agencia Nacional Española para la aplicación del Programa Cuerpo Europeo de Solidaridad (en adelante ANE): https://programaseuropeos.injuve.es/ces/
4.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes termina el 1 de octubre de 2026 a las 12.00 horas para los proyectos que comiencen entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2027. Las referencias horarias a los plazos de presentación de solicitudes deberán entenderse referidas a la hora local de Bruselas (Bélgica).
Se admitirán todas las solicitudes recibidas en los plazos indicados que hayan tenido entrada en la plataforma online habilitada por la Comisión Europea para el Programa Cuerpo Europeo de Solidaridad antes de la fecha de aprobación de esta resolución, de acuerdo con lo establecido en la Guía del Programa y en la Convocatoria de propuestas de la Comisión Europea 2026, EAC/A15/2025 publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 14 de noviembre de 2025.
5.- Objeto, condiciones y finalidad de la concesión.
El objeto de la presente convocatoria de subvenciones en el marco del Programa "Cuerpo Europeo de Solidaridad" es incentivar la participación de los jóvenes y las organizaciones en actividades de solidaridad accesibles y de gran calidad como medio de contribuir a reforzar la cohesión, la solidaridad, la democracia y la ciudadanía en Europa, respondiendo al mismo tiempo a los desafíos de la sociedad y fortaleciendo las comunidades, con un empeño especial en promover la inclusión social, principalmente a través del voluntariado.
En la guía del programa se especifican otros objetivos y prioridades generales por acción a tener en cuenta.
Se podrán solicitar proyectos para la participación de jóvenes en actividades solidarias, en la acción de proyectos de solidaridad.
Véase el texto completo de esta Resolución y la guía del programa, disponible en la página web de la ANE, para más detalles sobre la presentación de solicitudes, requisitos para solicitar la subvención, criterios de elegibilidad, exclusión, selección y valoración de las solicitudes generales y específicos para cada acción.
Madrid, 9 de septiembre de 2026.- La Directora General del Instituto de la Juventud, Margarita Guerrero Calderón.
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