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Solicitud de autorización para actuar como entidad colaboradora del ayuntamiento de San Vicente del Raspeig en la recaudación.
Regulación (principalmente):
9 y 17-19 RD 939/2005, Reglamento General de Recaudación (RGR).
CAJAMAR CAJA RURAL, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CRÉDITO (CIF: F04743175) actual adjudicataria del contrato privado de servicios bancarios [cuenta/s y tpv/s (terminal punto de venta) virtual] del ayuntamiento, EXPTE. CSERV10/25, 1462466D, ha solicitado actuar como entidad colaboradora del ayuntamiento.
En aplicación del 17.2 RGR declara expresamente estar en disposición de prestar el servicio de colaboración en las condiciones establecidas en cada caso por la normativa vigente.
Siendo la adjudicataria del contrato de servicios bancarios, se entiende conveniente la autorización, y máxime cuando por contrato no se cobra comisión en el cobro por tarjeta.
En consecuencia, de acuerdo con el Decreto de Alcaldía nº 3236/2023, de 23 de junio, de organización concejalías y servicios administrativos municipales y designación de concejales delegados,
RESUELVO:
PRIMERO. Autorizar, en aplicación del 17 RGR, a CAJAMAR CAJA RURAL, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CRÉDITO (CIF: F04743175), actual adjudicataria del contrato privado de servicios bancarios [cuenta/s y tpv/s (terminal punto de venta) virtual] del ayuntamiento, EXPTE. CSERV10/25, 1462466D, a ejercer como entidad colaboradora del ayuntamiento en la recaudación, uniéndose a las ya colaboradoras Caixabank, BBVA, Sabadell y Santander.
SEGUNDO. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado (17.2 RGR).
TERCERO. Notificar el presente acuerdo al interesado y comunicar Intervención y Tesorería.
San Vicente del Raspeig, 17 de septiembre de 2026.- La Concejal Delegada de Hacienda. P.D.Decreto nº 3236 de 23/06/2023, Mª Isabel Domínguez Pomares.
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