Advertido error en la Resolución, de 7 de octubre de 2022, de la Dirección General del Sistema de Acogida de Protección Internacional y Temporal, por la que se autoriza la prestación de servicios del Sistema de Acogida de Protección Internacional y Temporal, mediante acción concertada, a la entidad Fundación La Merced Migraciones, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 264, de 3 de noviembre de 2022, procede su rectificación en el siguiente sentido, conforme a los dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En la página 52505 en el apartado primero donde dice:
"Primero.- Autorizar a la entidad FUNDACIÓN LA MERCED MIGRACIONES, por un periodo de 4 años, para la prestación de servicios, mediante acción concertada, en las fases de Acogida y Autonomía, del itinerario del sistema de acogida regulado en el Título II del Reglamento por el que se regula el sistema de acogida en materia de protección internacional."
Debe decir:
"Primero.- Autorizar a la entidad FUNDACIÓN LA MERCED MIGRACIONES, por un periodo de 4 años, para la prestación de servicios, mediante acción concertada, en las fases de Acogida y Autonomía, y para la prestación de servicios a personas en situación de vulnerabilidad, del itinerario del sistema de acogida regulado en el Título II del Reglamento por el que se regula el sistema de acogida en materia de protección internacional, aprobado por Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo."
Madrid, 14 de octubre de 2026.- La Directora General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional, Paloma Favieres Ruiz.
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