BDNS(Identif.):887201
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/887201)
Primero. Objeto y beneficiario de la subvención.
Las presentes bases reguladoras tienen por objeto regular la concesión a la Diputación Provincial de Toledo, en adelante Diputación de Toledo, con CIF P4500000 G de una subvención directa en especie por importe de cuatrocientos mil euros (400.000,00 €) para la ejecución de las obras de rehabilitación de edificio en calle San Juan de Dios número 5 para cohousing según proyecto básico y de ejecución de 4 de febrero de 2026.
El presupuesto base de licitación correspondiente al proyecto de ejecución de las obras mencionadas asciende a la cantidad de un millón ochenta y un mil ochocientos setenta euros con treinta y cuatro céntimos (1.081.870,34 €), debiendo aportar la Diputación de Toledo a favor del Consorcio de la Ciudad de Toledo un importe de seiscientos ochenta y un mil ochocientos setenta euros con treinta y cuatro céntimos (681.870,34 €)
Dada la especialización del Consorcio de la Ciudad de Toledo en la realización de obras en el casco histórico de Toledo, su conocimiento de la normativa urbanística y de las técnicas constructivas en inmuebles sitos en este ámbito territorial, los servicios de Redacción del Proyecto Básico y de Ejecución y Estudio de Seguridad y Salud, Dirección de Grado Superior y Dirección de Grado Medio y Coordinación de Seguridad y Salud, se realizará por personal propio del Consorcio de la Ciudad de Toledo o por personal destinado a este organismo en virtud de encargo a medio propio, según lo preceptuado en el artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Ni el beneficiario ni el contratista de las obras ostentará ninguna facultad de organización, dirección o supervisión de este personal, por lo que no supondrá en ningún caso cesión de trabajadores.
Segundo. Crédito presupuestario
El importe total de la subvención es de cuatrocientos mil euros (400.000,00 €), con cargo al presupuesto del Consorcio de la Ciudad de Toledo para el año 2026 y queda consignado en la partida 26101.76101. Política de vivienda e infraestructura, subvención de concesión directa rehabilitación de edificio en calle San Juan de Dios número 5, con un importe suficiente para financiar la presente subvención.
Las bajas que el adjudicatario haga sobre el precio de licitación beneficiarán exclusivamente al Consorcio de la Ciudad de Toledo.
El Consorcio de la Ciudad de Toledo asumirá la posible certificación final que se pudiera emitir en la obra de conformidad con lo previsto en el artículo 160 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas hasta el importe máximo de la subvención concedida.
La Diputación de Toledo asumirá el importe correspondiente a la certificación final en la cuantía que exceda del importe de la subvención del Consorcio de la Ciudad de Toledo.
La Diputación de Toledo asumirá el importe de los modificados que pudieran producirse en aplicación de la legislación vigente y que serán aprobados por la Comisión Ejecutiva del Consorcio de la Ciudad de Toledo, como órgano de contratación y licitador de las obras. En el plazo de los tres días siguientes a dicha aprobación, el Consorcio de la Ciudad de Toledo informará formalmente a la Diputación de Toledo.
Tercero. Lugar y plazo de presentación de solicitud.
El procedimiento de concesión de la subvención prevista en esta resolución se iniciará a instancia del beneficiario mediante la presentación de una solicitud en el plazo máximo de veinte días naturales desde la entrada en vigor de la presente resolución, que se producirá al día siguiente de la publicación de su extracto en el Boletín Oficial del Estado. La solicitud se presentará de forma electrónica a través del acceso habilitado para ello en la dirección electrónica: https://tramites.consorciotoledo.gob.es.
Junto a la solicitud se presentarán los siguientes documentos:
1. Declaración responsable de que la entidad beneficiaria no está incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener subvenciones a las que se refiere el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y de no ser deudora por resolución de procedencia de reintegro a la fecha de la firma de la declaración.
2. Autorización expresa al Consorcio de la Ciudad de Toledo para la ejecución de la obra del proyecto básico y de ejecución de rehabilitación de inmueble en San Juan de Dios número 5 para cohousing, redactado por el Consorcio de la Ciudad de Toledo, de fecha 4 de febrero de 2026.
3. Certificación expedida por la autoridad competente de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con la Hacienda Pública y frente a la Seguridad Social, así como de todo tipo de obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Toledo.
No obstante, en aplicación del artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el Consorcio de la Ciudad de Toledo recabará directamente y por medios telemáticos a los organismos oportunos la información correspondiente, presumiéndose que la consulta es autorizada por el solicitante salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.
4. De acuerdo a lo previsto en el artículo 13.3. bis de la LGS, para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, cuando los solicitantes sean únicamente sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, no podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la citada ley.
Esta circunstancia se acreditará por parte de las sociedades que, de acuerdo con la normativa contable, puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, de conformidad con lo previsto en el artículo 26 del Reglamento de esta ley, es decir, mediante declaración responsable. Para las sociedades que, de acuerdo con la normativa contable, no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada se establece la necesidad de acreditar el cumplimiento de los plazos legales de pago mediante certificación, emitida por auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, que atenderá al plazo efectivo de los pagos de la empresa cliente con independencia de cualquier financiación para el cobro anticipado de la empresa proveedora.
5. Documentación acreditativa de la propiedad del inmueble sito en calle San Juan de Dios número 5, en Toledo, la cual debe figurar como libre de cargas, debiendo existir una coordinación entre el registro de la propiedad y el catastro que garantice la coincidencia entre la descripción registral y la realidad física y catastral.
6. Declaración responsable de acuerdo con el artículo 69.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, del compromiso de mantener el cumplimiento de estos requisitos durante el periodo de tiempo inherente a la concesión de subvención, informando de cualquier variación en las circunstancias al órgano instructor.
7. Certificado expedido por el órgano competente del compromiso firme de la aportación de la Diputación de Toledo.
8. Informe de supervisión del proyecto básico y de ejecución de rehabilitación de inmueble en San Juan de Dios, número 5 para cohousing, redactado por el Consorcio de la Ciudad de Toledo de fecha 4 de febrero de 2026.
La falta de presentación de la solicitud por parte del beneficiario en el plazo indicado determinará la imposibilidad de concesión de esta subvención.
Toledo, 13 de febrero de 2026.- Carlos Velázquez Romo, Presidente del Consejo de Administración del Consorcio de la Ciudad de Toledo.
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