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Documento BOE-B-2026-5064

Resolución de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal por la que se acuerda la apertura del trámite de audiencia e información pública sobre el proyecto de Decreto del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la revisión del Plan de Ordenación del embalse de La Jarosa.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 20 de febrero de 2026, páginas 8064 a 8065 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-B-2026-5064

TEXTO

En el marco de lo dispuesto en el artículo 60.2 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, durante la tramitación del procedimiento de elaboración de proyectos de decreto, se sustanciará el trámite de audiencia e información pública.

En virtud del artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del artículo 60.2 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, y del artículo 22.2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, se realizarán los trámites de audiencia e información pública en el Portal de Participación de la Comunidad de Madrid por plazo de un mes, trámite de información pública que deberá ser publicado mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con la regulación contenida en los artículos 4 y 6 de la Ley 7/1990, de 28 de junio, de Protección de Embalses y Zonas Húmedas de la Comunidad Autónoma de Madrid

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50.4 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

RESUELVO

Primero. Someter al trámite de audiencia e información pública el proyecto de Decreto del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la revisión del Plan de Ordenación del embalse de la Jarosa, durante un plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid.

Segundo. Dicho trámite de información pública deberá ser publicado mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con la regulación contenida en los artículos 4 y 6 de la Ley 7/1990, de 28 de junio.

Tercero. Durante el plazo señalado podrán presentar alegaciones los ciudadanos potencialmente afectados, así como cualesquiera otras personas y entidades que lo consideren oportuno.

Cuarto. Las alegaciones podrán realizarse telemáticamente a través del formulario habilitado en la ficha de este proyecto normativo, que se encuentra en el Portal de Transparencia, en el apartado «NORMATIVA Y PLANIFICACIÓN», subapartado «Audiencia e información».

La presentación del formulario podrá hacerse telemáticamente a través del propio portal, en cuyo caso deberá indicarse en el formulario, como destinatario la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal y en el campo «REGISTRO», la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.

Así mismo, las alegaciones podrán presentarse a través de los restantes medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso deberán ir dirigidas a la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, sita en C/ Alcalá n. º 16, 28014 Madrid.

Los sujetos incluidos en el artículo 14.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, se encuentran obligados a presentar sus alegaciones de forma telemática.

Madrid, 30 de enero de 2026.- Directora General de Biodiversidad y Gestión Forestal, Irene Aguiló Vidal.

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