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Documento BOE-B-2026-9283

Extracto de Resolución de la Secretaría de estado de cultura, por la que se convocan ayudas para la exhibición, investigación, formación e infraestructuras teatrales y circenses, correspondientes al año 2026

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 25 de marzo de 2026, páginas 14474 a 14476 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-B-2026-9283

TEXTO

BDNS(Identif.):894859

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/894859)

Primero. Personas o entidades beneficiarias.

Podrán solicitar estas ayudas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con establecimiento permanente en cualquier Estado de la Unión Europea y demás Estados asociados al Espacio Económico Europeo, con plena igualdad de trato, a excepción de los residentes en los considerados paraísos fiscales según el Real Decreto 1080/1991, de 5 de julio, por el que se determinan los países o territorios a que se refieren los artículos 2, apartado 3, número 4, de la Ley 17/1991, de 27 de mayo, de medidas fiscales urgentes, y 62 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales del Estado para el año 1991. Asimismo, podrán solicitar estas ayudas las personas, entidades y agrupaciones indicadas en el artículo 2.2 de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre.

Segundo. Objeto, finalidades y plazo de ejecución.

Ayudas para la exhibición, investigación, formación e infraestructuras teatrales y circenses, en el marco de las competencias de la Secretaría de Estado de Cultura, a través de la Dirección General de Artes Escénicas y Música, y de acuerdo con los objetivos que tiene encomendados, en orden a preservar y difundir el patrimonio cultural teatral y circense dentro y fuera de España, fomentando la comunicación entre las distintas Comunidades Autónomas, la igualdad en el acceso a los servicios culturales y la creación y consolidación de nuevos públicos.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos. URL español https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-17455

Cuarto. Cuantía.

El importe total máximo imputable a la convocatoria será de 5.096.138 euros.

En todo caso, la cuantía máxima individual de las ayudas no podrá superar el 65% del coste total del proyecto, con la salvedad de las modalidades 6 y 7, en los que la cuantía máxima no podrá superar el 80%. Por otro lado, tanto la ayuda solicitada como la concedida, no sobrepasará las siguientes cuantías por modalidad o submodalidad:

1. Ayudas a programaciones en espacios escénicos de titularidad privada:

a. Programaciones anuales: 60.000 €

b. Programaciones bienales: 140.000 €

2. Ayudas a residencias artísticas: 40.000 €

3. Ayudas a proyectos estables de creación, exhibición, investigación y formación: 210.000 €

4. Ayudas a festivales, ferias y muestras: 110.000 €

5. Ayudas a certámenes, jornadas profesionales y congresos: 55.000 €

6. Ayudas a circuitos: 200.000 €

7. Ayudas a asociaciones, federaciones y confederaciones de ámbito estatal y proyección nacional e internacional para actividades teatrales, circenses y de ilusionismo: 140.000 €

8. Ayudas a infraestructuras circenses:

a. Infraestructuras de circo itinerante: 40.000 €

b. Infraestructuras circenses en espacios escénicos de titularidad privada, para un periodo bienal: 40.000 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Sexto. Otros datos.

Las modalidades de ayudas que se convocan son las que se enumeran a continuación:

1. Ayudas a programaciones en espacios escénicos de titularidad privada:

a. Programaciones anuales.

b. Programaciones bienales.

2. Ayudas a residencias artísticas.

3. Ayudas a proyectos estables de creación, exhibición, investigación y formación.

4. Ayudas a festivales, ferias y muestras.

5. Ayudas a certámenes, jornadas profesionales y congresos.

6. Ayudas a circuitos.

7. Ayudas a asociaciones, federaciones y confederaciones de ámbito estatal y proyección nacional e internacional para actividades teatrales, circenses y de ilusionismo.

8. Ayudas a infraestructuras circenses:

a. Infraestructuras de circo itinerante.

b. Infraestructuras circenses en espacios escénicos de titularidad privada, para un periodo bienal.

Madrid, 18 de marzo de 2026.- Jordi Martí Grau, Secretario de Estado de Cultura.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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