Por S.A.T. Costera Torrejón, (NIF: F30081756) se ha solicitado autorización de este Organismo para la modificación de las condiciones de un aprovechamiento temporal de aguas privadas inscrito con n.º 1.381, Sección C, Tomo 8, Hoja 1.459.
El derecho vigente está inscrito con las siguientes características esenciales:
Titular: S.A.T. Costera-Torrejón
Corriente o acuífero: 097 Bajo Guadalentín (070.050 Bajo Guadalentín).
Clase y afección: Regadío.
Lugar de la toma: Torrejón-La Costera.
Término municipal: Totana (Murcia).
Volumen máximo anual: 279.878 m³/año.
Superficie: 104,6275 ha.
Dotación: 2.675 m³/ha/año.
Caudal instantáneo: 32 l/s.
Caudal medio equivalente: 8,875 l/s.
Plazo concesional: 50 años a partir del 01 de enero de 1986
Características de los sondeos:
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Denominación |
Profundidad (m) |
Diámetro (mm) |
Potencia instalada (CV) |
UTM (ETRS-89) |
Caudal (l/s) |
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Pozo 1 |
200 |
600 |
37 |
634.788-4.181.692 |
10 |
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Pozo 2 |
200 |
500 |
0 |
634.688-4.181.892 |
0 |
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Pozo 3 |
200 |
500 |
82 |
634.688-4.182.092 |
22 |
Con la modificación ahora solicitada se pretende la transferencia del contador del sondeo 3 al sondeo 2 (en reserva). De esta manera, quedaría en servicio el sondeo 2 y en reserva el sondeo 3.
Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 109 y 144.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, a fin de que, en el plazo de UN MES contado a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y en el portal de internet de este Organismo, puedan presentar alegaciones los que tengan la condición de interesados. La documentación técnica del expediente podrá ser consultada en el siguiente enlace:
https://www.chsegura.es/es/ciudadano/informacion-publica/general/
Las alegaciones, citando la referencia APM-0004/2024 y dirigidas a la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., podrán presentarse en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Debe tenerse en cuenta que los sujetos enumerados en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo.
Murcia, 23 de marzo de 2026.- La Comisaria de Aguas, Ana María Arenas López.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid