Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Granada
Dirección: Avenida DEL SUR 3
Localidad: Granada
Código Postal: 18014
Provincia: Granada
Teléfono: 958058997
Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.1.Granada.JUS@juntadeandalucia.es
Concursal
Número: 22/2024
NIG: 1808742120230031703
Auto
Fecha: 26/04/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Concurso de Juan Ignacio Sáenz de Manjarrés García
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Edicto
El juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada, de Marcas, Patentes y Protección Jurídica del Diseño Industrial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del Texto Refundido de la Ley Concursal.
Anuncia
Que en el concurso voluntario nº 22/2024, con NIG 1808742120230031703 seguido a instancia de JUAN IGNACIO SAENZ DE MAJARRES GARCIA, con NIF 44352059D, se ha dictado con fecha 26 de abril de 2024 auto en cuya parte dispositiva se ha acordado lo siguiente:
"Acuerdo la conclusión del presente procedimiento concursal del deudor D. Juan Ignacio Sáenz de Manjarrés García.
De conformidad a ello:
Primero: procédase a la publicación de la presente resolución, por medio de edicto, en el BOE, así como en el Registro público concursal.
Segundo: llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso.
Tercero: se concede a D. Juan Ignacio Sáenz de Manjarrés García la exoneración del pasivo insatisfecho en el presente procedimiento concursal, con la extensión prevista en el art. 489.1 TRLC y los efectos establecidos en los arts. 490 a 492 ter TRLC.
Esta concesión podrá ser, en su caso, revocada de conformidad con lo previsto en los arts. 493 a 493 ter TRLC.
Se manda a los acreedores afectados que comuniquen esta exoneración a los sistemas de información crediticia a los que previamente hubieran informado del impago o mora de deuda exonerada para la debida actualización de sus registros.
Cuarto: se acuerda el archivo de las presentes actuaciones.
Contra la presente resolución, que es firme, no cabe interponer recurso alguno.
Así, por este mi Auto, lo acuerdo, mando y firmo, yo, D. Rafael Leonés Valverde, titular del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada."
En Granada, a veintinueve de abril de dos mil veinticuatro
Granada, 3 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PIEDAD LLOR MADRID
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