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Documento BOE-J-2024-260542

MÉRIDA. Edicto de 3 de mayo de 2024 en procedimiento civil número 39/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 112, de 8 de mayo de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - BADAJOZ
Referencia:
BOE-J-2024-260542

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado De Lo Mercantil Nº 2 De Badajoz

Dirección: Calle COMUNIDADES s/n

Localidad: Mérida

Código Postal: 06800

Provincia: Badajoz

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 39/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 26/04/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

FATIMA PIEDAD PRECIADO FERNANDEZ - NIF/NIE: ***7290**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Declarar en concurso a Dª FÁTIMA PIEDAD PRECIADOFERNÁNDEZ, con NIF NÚM. ***7290**, toda vez que ha quedadoacreditado su estado de insolvencia.2.- Tener por personado en el presente concurso, en nombrey representación del concursado, e la Procuradora Sra.González Gutiérrez con quien se entenderán las sucesivasdiligencias y actuaciones.3.- Considerar el concurso con el carácter de VOLUNTARIO.4.- El deudor conservará las facultades de administracióny disposición sobre su patrimonio, quedando sometido elejercicio de éstas a la intervención del administradorconcursal, mediante su autorización.5.- La administración concursal, al amparo de lo previstoen los arts. 57 y siguientes de la TRLC, con las facultadesdeterminadas en el apartado anterior, estará integrada por:Don Pedro Díaz Aunión, con D.N.I. núm. 08.806.904-C, Abogadocolegiado núm. 1987 del Ilustre Colegio de Abogados deBadajoz, en nombre y representación de la mercantil: InstitutoConcursal, S.L.P. con C.I.F: B-06.612.568, domicilioprofesional sito en C/. Mártires, núm. 2 – 2ª planta; C.P:06.200 – Almendralejo – Badajoz. Email: 14199m2-39-2024@institutoconcursal.es / Tfno: 9246951106.- Comunicar el nombramiento a la administracióndesignada haciéndole saber que en el plazo de cinco díassiguientes al recibo de la comunicación (art. 66 TRLC), deberácomparecer ante este órgano judicial y manifestar suaceptación o no del cargo, apercibiéndosele que se encuentrasometida al régimen de incapacidades, incompatibilidades yprohibiciones de los arts. 64 y 65 de TRLC.El designado, deberá comparecer ante el Juzgado paraacreditar que tiene suscrito un seguro de responsabilidadcivil o garantía equivalente proporcional a la naturaleza yalcance del riesgo cubierto en los términos que se desarrollenreglamentariamente, para responder de los posibles daños en elejercicio de su función. Al momento de la aceptación deberátambién aportar una dirección postal y electrónica en las queefectuar la comunicación de créditos, así como cualquier otranotificación, la dirección electrónica debe cumplir losrequisitos del art. 67 TRLC.7.- Hágase saber a la administración concursal, que elplazo para presentar del Informe será de UN MES DESDE LA FECHADE ACEPTACIÓN, y solo podrá autorizarse una prórroga por eljuez del concurso no superior a 15 días, art. 291.El administrador concursal practicará la comunicaciónprevista en el art. 289 TRLC con una antelación mínima de diezdías antes de la presentación de la lista de acreedores.8.- Dentro de los 15 días siguientes, al de lapresentación del inventario y de la lista de acreedoresprovisionales, la administración concursal presentará uninforme razonado y documentado sobre los hechos relevantespara la calificación del concurso, con propuesta deresolución. El informe de calificación tendrá la estructurapropia de una demanda si el administrador concursal solicitarala calificación del concurso como culpable.13.- Indicar que las personas legitimadas, conforme a laLey Concursal, para personarse en el procedimiento debenhacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado, sinperjuicio de lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboralpara la representación y defensa de los trabajadores, arts.512 y 513 LC.14.- Poner en conocimiento del concursado el deber decomparecer personalmente ante este órgano judicial y ante laadministración concursal cuantas veces sea requerido y el decolaborar e informar en todo lo necesario o conveniente parael interés del concurso, arts. 134 y 135 LC.15.- Entregar los oficios, edictos y mandamientos que seexpidan en cumplimiento de lo ordenado en esta resolución a larepresentación procesal del concursado para que los diligenciede inmediato, y acredite a este órgano judicial haberpresentado los despachos, existiendo un deber de colaboraciónpor la concursada, se expedirán, si así lo solicita, lostestimonios necesarios de la presente resolución para supresentación ante los Juzgados que tengan ejecuciones yactuaciones judiciales abiertas a los efectos previstos en losarts. 142 y 143 LC.16.- Corresponde al Letrado de la Administración deJusticia abrir la fase común de tramitación del concurso yformar las Secciones segunda, tercera y cuarta, ordenándose encuantas piezas sean necesarias o convenientes. Cada una deestas secciones, se encabezará por el testimonio de lasolicitud y del Auto.

Mérida, 3 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JESUS ROMERO GIL

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