Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pontevedra
Dirección: Calle HORTAS S/N
Localidad: Pontevedra
Código Postal: 36004
Provincia: Pontevedra
Teléfono: 986805163
Correo electrónico: mercantil1.pontevedra@xustiza.gal
Concursal
Número: 400/2023
NIG: 3603847120230000664
Auto
Fecha: 06/05/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Concurso de "José Luis Solla Pinal y María del Pilar Arce Romero"
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
1.- Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor JOSE LUIS SOLLA PINAL, MARIA DEL PILAR ARCE ROMERO.
2.- Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.
3.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley.
4.- Se declara extinguido el derecho de alimentos del concursado con cargo a la masa activa, a salvo de las excepciones recogidas en el punto segundo del artículo 413 del TRLC.
5.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón judicial electrónico del Boletín Oficial del Estado (TEJU) y en el Registro Público Concursal.
6.- Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.
7.- Requerir a la administración concursal para que, en el plazo de DIEZ DÍAS computados desde la notificación de esta resolución, comunique al Juzgado aquellas reglas especiales que considere necesarias para llevar a cabo la liquidación de la masa activa.
8.- Se produce el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
9.- Abrir la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con copia auténtica de este Auto, y se incorporarán a ella copia auténtica de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación aportada por el deudor, del auto de declaración de concurso.
10.- No habiendo presentado la administración concursal el informe de calificación en el plazo previsto en el art. 448.1, se le requiere para que en el plazo de cinco días presente informe en la forma prevista en dicho artículo.
Pontevedra, 10 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE LUIS GUTIERREZ MARTIN
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