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Documento BOE-J-2025-709203

SALAMANCA. Edicto de 3 de noviembre de 2025 en procedimiento concursal número 909/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 270, de 10 de noviembre de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN CIVIL/JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - SALAMANCA
Referencia:
BOE-J-2025-709203

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA.N.4

Dirección: PLAZA COLON, S/N, 2ª PLANTA

Localidad: SALAMANCA

Código Postal: 37001

Provincia: Salamanca

Teléfono: 923284690

Correo electrónico: instancia4.salamanca@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 909/2025

NIG: 3727442120250009381

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 30/10/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

JESUS BARBERO GUTIERREZ - NIF/NIE: 71094261L

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

El Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia N.4 de Salamanca, por el presente, hace saber: 1º.- Que en Sección Primera Declaración de concurso nº 909/2025 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 30 de Octubre de 2025 Auto de apertura del procedimiento especial para microempresas de D. Jesús Barbero Gutiérrez con DNI nº 71094261-L y con domicilio a efectos de instar el concurso en C/Arco nº11 bajo de Salamanca. 2º.- Desde la apertura del procedimiento espacial hasta su conclusión, el deudor mantendrá las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, aunque solo podrá realizar aquellos actos de disposición que tengan por objeto la continuación de la actividad empresarial o profesional, siempre que se ajusten a las condiciones normales de mercado. 3º.- Se ha abierto el procedimiento de continuación. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 512.1 TRLC). 5º.- Que se ha dictado igualmente Decreto de fecha 30 de Octubre de 2025 al amparo del art. 701 del TRLC, en virtud del cual se ha acordado la suspensión de los siguientes procedimientos de ejecución, con todos los efectos inherentes dispuestos en los apartados 2,3, 4 y 5 del art. 701 del TRLC. El acreedor podrá oponerse a la suspensión en caso de que no concurran los requisitos legales incluidos en este artículo. La oposición deberá interponerse en cinco días hábiles desde la notificación, mediante formulario normalizado presentado electrónicamente: - ETJ 276/2023 del Juzgado de Primera Instancia nº1 de Salamanca, instada por la mercantil THE HOFF BRAND S.L. - ETJ 118/2025 del Juzgado de Primera Instancia nº3 de Salamanca, instada por UNICAJA BANCO S.A. - ENJ 21/2025 del Juzgado de Primera Instancia nº6 de Salamanca, instada por UNICAJA BANCO S.A.

SALAMANCA, 3 de noviembre de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JESUS JAVIER IGLESIAS MARTIN

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