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Documento BOE-J-2026-218807

CASTELLÓ DE LA PLANA. Edicto de 15 de abril de 2026 en procedimiento concursal número 336/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 96, de 20 de abril de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - CASTELLÓN/CASTELLÓ
Referencia:
BOE-J-2026-218807

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Castelló de la Plana/Castellón de la Plana. Plaza nº 1

Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10

Localidad: Castelló de la Plana

Código Postal: 12003

Provincia: Castellón/Castelló

Teléfono: 964621447

Correo electrónico: casmerca01_cas@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 336/2021

NIG: 1204066120210000367

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 13/04/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 15 días

DESTINATARIOS

Interesados y acreedores del procedimiento concursal abreviado número 336/2021 referente a la deudora CAROLINA MADUEÑO FLORES, con DNI nº 30812854F.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Letrada de la Administración de Justicia: Dª.MARIA TERESA GAVALDA MONTOLIU

HAGO SABER:

PRIMERO.- Que en el procedimiento concursal abreviado número 336/2021 referente a la deudora CAROLINA MADUEÑO FLORES, con DNI nº 30812854F, se ha presentado informe de la administración concursal, solicitando la conclusión del concurso y, asimismo, se ha presentando la rendición de cuentas.

SEGUNDO.- La solicitud de conclusión está de manifiesto en la oficina judicial, a disposición de las partes personadas, por el plazo de QUINCE DIAS (artículo 468.4 del Texto Refundido de la Ley Concursal).

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 478.3 del Texto Refundido de la Ley, el escrito de rendición de cuentas se ha remitido por medios electrónicos al Registro público concursal.

TERCERO.- Dentro del plazo de QUINCE DÍAS, computado desde la puesta de manifiesto del informe final en la oficina judicial, se podrá formular oposición a la conclusión del concurso (artículo 469.1 del Texto Refundido de la Ley Concursal). Asimismo, en el mismo plazo, tanto el concursado como los acreedores podrán formular oposición razonada a la aprobación de las cuentas presentadas por la administración concursal (artículo 479.1 del Texto Refundido de la Ley Concursal).

CUARTO.- La eventual oposición se sustanciará por los trámites del incidente concursal.

En Castelló de la Plana, a 13 de abril de 2026.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Castelló de la Plana, 15 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA TERESA GAVALDA MONTOLIU

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