Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Granada. Plaza nº 2
Dirección: Avenida DEL SUR 3
Localidad: Granada
Código Postal: 18014
Provincia: Granada
Teléfono: 958209026
Correo electrónico: Sec.Mercantil.PlazaN2.TI.granada.JUS@juntadeandalucia.es
Concursal
Número: 279/2025
NIG: 1808742120250006779
Auto
Fecha: 12/04/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Aprueba informe final y acuerda conclusión del procedimiento especial de Microempresas de GRXSG, SL; cancelación y cierre definitivo hoja mercantil en RM
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).
E D I C T O
El Juzgado de lo Mercantil nº2 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en los arts. 552. 553 y 554 del Texto Refundido de la Ley Concursal,
A N U N C I A
1º.- Que en el Procedimiento especial de microempresas nº nº 279/2025, con NIG 1808742120250006779 que se ha tramitado conforme a las normas propias del procedimiento de liquidación, sin transmisión de empresa en funcionamiento, de la mercantil deudora GRXSG, S.L., con CIF nº B1891271, se ha dictado en fecha 12/04/2026 Auto acordando la conclusión del procedmiento. Dicha resolución es FIRME, siendo su PARTE DISPOSITIVA del tenor literal siguiente:
" AUTO N.º 175/2026
En Granada a 12 de abril de 2026.
(....)
PARTE DISPOSITIVA
1.- Declaro la conclusión del procedimiento especial de "GRXSG, SL.".
2.- Apruebo el informe final y rendición de cuentas del administrador concursal.
3.- Acuerdo el archivo las actuaciones.
4.- Acuerdo la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la apertura del procedimiento.
5.- Acuerdo la cancelación de la hoja abierta a "GRXSG, SL".
Registro Mercantil, con cierre definitivo de la hoja.
6.- Publíquese esta resolución en el Registro público concursal.
7.- Notifíquese esta resolución a la deudora, a las partes personadas y a cualquiera otra persona a la que hubiera debido notificarse la apertura del procedimiento especial, haciéndoles saber que es FIRME (artículo 687.4 del Texto Refundido de la Ley Concursal).
Así lo acuerda, manda y firma, Dª Virginia Aparicio Bartolomé, Magistrado de la Sección Mercantil del Tribunal de Instancia de Granada, Plaza 2. Doy fe. "
Granada, 15 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PIEDAD LLOR MADRID
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid