Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de València. Plaza nº 3
Dirección: Plaza DEL TURNO DE OFICIO 1
Localidad: València
Código Postal: 46013
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 961929039
Correo electrónico: vamerca03_val@gva.es
Concursal
Número: 850/2025
NIG: 4625047120250003978
Auto
Fecha: 07/04/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Conclusion concurso de acreedores
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
DISPONGO 1.- QUE DEBO ACORDAR y ACUERDO DENEGAR LA CONCESION DE LA EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO al/la/los deudor/a/es doña ISABEL ANDREU GARCÍA, con carácter PROVISIONAL, al no aprobarse el plan de pagos que se propone. 2.- QUE DEBO ACORDAR y ACUERDO LA CONCLUSIÓN DEL CONCURSO del/los deudor/es doña ISABEL ANDREU GARCÍA. 3.- Publíquese esta resolución en el Registro Público Concursal y en el Boletín Oficial del Estado. 4.- Llévese el original al libro de Autos definitivos, dejando copia testimoniada en autos. 5.- Líbrese oficio, junto con el edicto de publicidad de esta resolución, al REGISTRO PUBLICO CONCURSAL desarrollado por el Real Decreto 892/2013 de 15 de noviembre por el que se regula al Registro Público Concursal; y que podrá ser entregado al Procurador del solicitante del concurso de no poder ser remitido electrónicamente, ni telemáticamente por el Juzgado, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los art. 7 y 8 del Real Decreto mencionado. 6.- Igualmente, se acuerda dar a esta resolución publicidad por edictos en el BOE, siendo dicha publicidad gratuita, conforme al art. 35.1 TRLC, habida cuenta de la inexistencia de bienes, y que se hará constar así en el oficio a fin de proceder a su publicación gratuita, edicto que será entregado al Procurador de la parte solicitante para su curso y gestión. 7.- El presente concurso podrá reaperturarse a los solos efectos de solicitar la exoneración por la vía de la liquidación formal de los artículos 501 y 502 TRLC, en los términos y plazos del art. 504 TRLC.
https://www.publicidadconcursal.es/
València, 15 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE VICTOR SANZ GORDON
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