Está Vd. en

Documento BOE-J-2026-220835

JEREZ DE LA FRONTERA. Edicto de 15 de abril de 2026 en procedimiento civil número 258/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 96, de 20 de abril de 2026
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN CIVIL/JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - CÁDIZ
Referencia:
BOE-J-2026-220835

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección Civil del Tribunal de Instancia de Jerez de la Frontera. Plaza nº 4

Dirección: Avenida TOMAS GARCIA FIGUERAS 14

Localidad: Jerez de la Frontera

Código Postal: 11407

Provincia: Cádiz

Teléfono: 956104069

Correo electrónico: jinstancia.4.jerez.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 258/2025

NIG: 1102042120250001339

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 07/04/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

JONATHAN BADILLO COMITRE - NIF/NIE: ***1323**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

TRIBUNAL DE INSTANCIA DE JEREZ DE LA FRONTERA. SECCIÓN CIVIL

PLAZA NÚMERO CUATRO

PROCEDIMIENTO. Juicio Verbal 258/2025

SENTENCIA 105/2026

En Jerez, a 7 de abril de 2026

Vistos por mí, Elena Porras García, los presentes Autos de Juicio Verbal seguidos con el número 258/2025 sobre Reclamación de Cantidad, en el que aparecen como parte actora,    OSMAR CAPITAL SLU, bajo la representación procesal del Procurador de los Tribunales Dña. Paloma García Ramos y con la asistencia letrada de Dña. Angela Mandado González y como parte demandada D. JONATHAN BADILLO COMITRE, ésta última en situación procesal de rebeldía; resultan los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- En su día, por la representación procesal de la parte actora se presentó demanda de Juicio verbal en reclamación de cantidad que debidamente turnada correspondió a este Juzgado y que fue admitida conforme a las previsiones establecidas en la ley.

SEGUNDO.- Admitida a trámite la demanda, se incoaron los presentes autos y se confirió traslado de la demanda y sus documentos anejos a la parte demandada, emplazándola para contestar en el plazo legalmente establecido. Precluido dicho plazo sin que la demandada contestara a la demanda, fue declarada en situación de rebeldía procesal mediante diligencia de ordenación de data 3 de marzo de 2026.

TERCERO.- Siendo que la actora no interesó la celebración de vista, dada cuenta que fue a SSª del estado de las actuaciones en fecha 27 de marzo de 2026, quedaron los autos pendientes del dictado de la resolución que resultara oportuna.

FALLO

Que debo desestimar y desestimo la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por OSMAR CAPITAL SL frente a D. JONATHAN BADILLO COMITRE y, en consecuencia, absuelvo a éste último de cuantos pedimentos venían siendo deducidos contra él en estos autos.

Todo ello con expresa imposición de costas a la parte actora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme y que contra ella no cabe interponer recurso ordinario alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgado en primera instancia, lo acuerda, manda y firma, Elena Porras García, Magistrado titular de la plaza número 4 de la sección civil del Tribunal de Instancia de Jerez.

PUBLICACION.- Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Juez que la dicta, celebrando audiencia pública en el día de la fecha. De todo ello doy fe.-

Jerez de la Frontera, 15 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, LOURDES HERNANDEZ LOPEZ

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid