Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Barcelona. Plaza nº 5
Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111
Localidad: Barcelona
Código Postal: 08075
Provincia: Barcelona
Teléfono: 935549465
Concursal
Número: 457/2023
Diligencia
Fecha: 27/04/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: Traslado 15d I.Final, Rº Ctas y Conclusión de la AC.
Procedimiento: Concurso voluntario 457/2023-C3N. deudora/concursada: MARIA LUISA OLIVA PARREÑO
Dirigido a los acreedores
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Sección de lo Mercantil del TI de Barcelona. Plaza nº 5 - (Juzgado de lo Mercantil nº 05 de Barcelona)
Servicio Común de Tramitación de Barcelona. Sección Mercantil
Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edifici C, planta 12 - Barcelona CP.:08075
TEL: 935549465
Procedimiento: Concurso voluntario 457/2023-C3N
Parte deudora/concursada: MARIA LUISA OLIVA PARREÑO
EDICTO
Alfredo Villaescusa Garcia, el Letrado de la Administración de Justicia del Servicio Común de Tramitación de Barcelona. Sección Mercantil hago saber que:
En el procedimiento indicado, el día 27 de abril de 2026 se ha dictado una resolución por la cual se da traslado por el plazo de 15 días a los acreedores y a la concursada de la rendición de cuentas y solicitud de conclusión presentada por la Administración Concursal, para que en su caso, efectúen las manifestaciones que consideren oportunas.
En Barcelona, a 27 de abril de 2026.
El Letrado de la Administración de Justicia
Los interesados quedan informados de que sus datos personales han sido incorporados al fichero de asuntos de esta Oficina Judicial, donde se conservarán con carácter de confidencial, bajo la salvaguarda y responsabilidad de la misma, dónde serán tratados con la máxima diligencia.
Quedan informados de que los datos contenidos en estos documentos son reservados o confidenciales y que el tratamiento que pueda hacerse de los mismos, queda sometido a la legalidad vigente.
Los datos personales que las partes conozcan a través del proceso deberán ser tratados por éstas de conformidad con la normativa general de protección de datos. Esta obligación incumbe a los profesionales que representan y asisten a las partes, así como a cualquier otro que intervenga en el procedimiento.
El uso ilegítimo de los mismos, podrá dar lugar a las responsabilidades establecidas legalmente.
En relación con el tratamiento de datos con fines jurisdiccionales, los derechos de información, acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación se tramitarán conforme a las normas que resulten de aplicación en el proceso en que los datos fueron recabados. Estos derechos deberán ejercitarse ante el órgano judicial u oficina judicial en el que se tramita el procedimiento, y las peticiones deberán resolverse por quien tenga la competencia atribuida en la normativa orgánica y procesal.
Todo ello conforme a lo previsto en el Reglamento EU 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, en la Ley Orgánica 3/2018, de 6 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y en el Capítulo I Bis, del Título III del Libro III de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Barcelona, 7 de mayo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALFREDO VILLAESCUSA GARCIA
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid