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Documento BOE-J-2026-270150

CASTELLÓ DE LA PLANA. Edicto de 7 de mayo de 2026 en procedimiento concursal número 514/2012.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 115, de 12 de mayo de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - CASTELLÓN/CASTELLÓ
Referencia:
BOE-J-2026-270150

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Castelló de la Plana/Castellón de la Plana. Plaza nº 1

Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10

Localidad: Castelló de la Plana

Código Postal: 12003

Provincia: Castellón/Castelló

Teléfono: 964621447

Correo electrónico: casmerca01_cas@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 514/2012

NIG: 1204066220120000605

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 28/04/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 20 días

DESTINATARIOS

Interesados y acreedores de la mercantil COMPLEMENTTO JUAN VICENTE MARTINEZ SOLA SLU, con CIF número B12575080

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Letrado de la Administración de Justicia: D./Dª.MARIA TERESA GAVALDA MONTOLIU

PRIMERO.-Que en el procedimiento concursal número 514/2012 referente al/a la concursado/a COMPLEMENTTO JUAN VICENTE MARTINEZ SOLA SLU, Cif B12575080, por auto de fecha 28/04/2026 se ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso, con los siguientes efectos:

SEGUNDO.- Quedan en suspenso durante la fase de liquidación las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III del Texto Refundido de la Ley Concursal.

TERCERO.- Disolver la entidad concursada COMPLEMENTTO JUAN VICENTE MARTINEZ SOLA, y cesar a los admi­nistradores sociales o liquidadores que serán sustituidos por la administración concursal.

CUARTO.- Declarar vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dine­ro de los que consistan en otras prestaciones. Los créditos contraídos por el deudor durante el periodo de cumplimiento del convenio tendrán la consideración de créditos concursales.

QUINTO.- Dar posesión nuevamente de su cargo al Administrador Concursal D. LUIS MANGLANO TIRADO. Se repone en su cargo únicamente a la misma, citándole para la aceptación del cargo en el plazo de cinco días.

En Castelló de la Plana, a 05 de mayo de 2026.

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Castelló de la Plana, 7 de mayo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA TERESA GAVALDA MONTOLIU

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