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Secc. Mercantil Tri. Inst. Madrid. Plaza nº 2
Dirección: C/ Gran Vía, 52
Localidad: Madrid
Código Postal: 28013
Provincia: Madrid
Concursal
Número: 768/2016
Auto
Fecha: 30/04/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: Sin Plazo
Concurso de Desarrollos Inmobilarios Fluvia S.L.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Madrid, Plaza nº 2, por el presente hace saber: Que en los autos de Concurso Ordinario nº 768/2016 seguido en este Juzgado respecto de la mercantil Desarrollos Inmobiliarios Fluvia S.L., se ha dictado con fecha 30/04/2026 Auto cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: A U T O EL/LA JUEZ/MAGISTRADO-JUEZ QUE LO DICTA: D. ANDRÉS SÁNCHEZ MAGRO Lugar: Madrid Fecha: 30 de Abril de 2026. PARTE DISPOSITIVA 1.- Se concede el plazo de 15 días hábiles que empezarán a computarse desde la publicación que se efectúe por medio de Edicto que se fijará en el Tablón Edictal Judicial Único del Boletín Oficial del Estado, para la presentación de mejores ofertas para la venta de las siguientes fincas: Fincas Registrales inscritas en el Registro de la Propiedad nº 1 de Girona: 1) Finca registral nº 1.844; 2) Finca registral nº 278; 3) Finca registral nº 989; 4) Finca registral nº 905; 5) Finca registral nº 4.116; 6) Finca registral nº 99; 7) Finca registral nº 3.609; 8) Finca registral nº 3.610; 9) Finca registral nº 3.611: 10) Finca registral nº 2.068; 11) Finca registral nº 5.320; 12) Finca registral nº 8.320; 13) Finca registral nº 4.521; 14) Finca registral nº 5.043; 15) Finca registral nº 2.056; 16) Finca registral nº 919; 17) Finca registral nº 36; 18) Finca registral nº 1.618; 19) Finca registral nº 1.616; 20) Finca registral nº 2.346; 21) Finca registral nº 28; 22) Finca registral nº 2.069; 23) Finca registral nº 4.781. Se exige para la presentación de ofertas, lo que incluye a los dos oferentes ya presentados, la consignación del 10% de la cantidad que refiere la oferta de PRIMA LAND BY URBANIA S.A., por ser esta la que ha determinado la solicitud de autorización y su mejora. Dicha publicación, que se enviará directamente por esta Sección de lo Mercantil, recogerá las ofertas presentadas hasta el momento y que son las siguientes: 1.- Oferta de PRIMA LAND BY URBANIA S.A.: Once Millones Ochocientos Cincuenta Mil Euros (11.850.000 €). De forma simultánea al otorgamiento de escritura de compraventa, la totalidad de los acreedores hipotecarios otorgarán escritura pública de cancelación de cargas. También asumirá: a) Cargas ya devengadas con el proceso de urbanización de los activos. Cargas ya devengadas en el PAU 116: 2.088.754,33 €. Cargas ya devengadas en el PAU 117: 441.048,03 €; b) Los gastos notariales y registrales vinculados con la operación de compraventa y la cancelación de cargas correspondientes; c) El impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) que, en su caso, se devenguen como consecuencia de la compraventa (otorgándose a favor de Prima Land poder suficiente para que pueda, en representación de vendedora, pueda llevar a a cabo las acciones que procedan frente a la administración en relación con este tributo); d) Los gastos, impuestos, tasas y contribuciones que afecten con carácter real a los Activos y estén pendientes de pago a la fecha de otorgamiento de la escritura de compraventa ( incluidos el Impuesto sobre Bienes Inmuebles).; e) Los créditos contra la masa del concurso de la vendedora con el límite máximo de 587.563,60 €. 2.- Oferta de HABITAT GERUNDA III 2025 S.L.: Catorce Millones Ochocientos Mil (14.800.000 €). Resultará condición esencial que los titulares con privilegio especial levanten las respectivas cargas que pesan sobre las fincas descritas. También asumirá: a) Cargas ya devengadas con el proceso de urbanización de los activos. Cargas ya devengadas en el PAU 116: 2.088.754,33 €. Cargas ya devengadas en el PAU 117: 441.048,03 €; b) Los gastos notariales y registrales vinculados con la operación de compraventa y la cancelación de cargas correspondientes; c) El impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) que, en su caso, se devenguen como consecuencia de la compraventa ; d) Los gastos, impuestos, tasas y contribuciones que afecten con carácter real a los Activos y estén pendientes de pago a la fecha de otorgamiento de la escritura de compraventa (incluidos el Impuesto sobre Bienes Inmuebles); e) Los créditos contra la masa del concurso de la vendedora con el límite máximo de 587.563,60 €. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de REPOSICION en el plazo de cinco días, ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 451 y siguientes de la L.E.Civil), previa la constitución de un depósito de 25 euros, en la cuenta 2257-0000-00-0768-16 de esta Oficina Judicial de la cuenta general de Depósitos y Consignaciones abierta en BANCO DE SANTANDER. Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Madrid. Plaza nº 2, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2257-0000-00-0768-16. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O. 1/2009 Disposición Adicional 15). Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe. EL/La Juez/Magistrado-Juez El/La Letrado/a de Administración de Justicia Y para que sirva de notificación a los interesados expido y firmo la presente en Madrid, a 4 de Mayo de dos mil veintiséis.
Madrid, 5 de mayo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARÍA JESÚS PALMERO SANDÍN
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