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Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Pamplona/Iruña. Plaza nº 2
Dirección: Plaza Juez Elío (Del) S/N
Localidad: Pamplona/Iruña
Código Postal: 31011
Provincia: Navarra
Teléfono: 848426823
Correo electrónico: juzgado.mercantil2@navarra.es
Concursal
Número: 140/2026
Auto
Fecha: 26/03/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Emplazamiento. Plazo: 15 días para solicitar Administrador Concursal
Acreedores e interesados en el concurso de LOLA PEREZ DE PRADO GARCIA
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Que en el procedimiento concursal CONCURSO VOLUNTARIO número 0000140/2026 referente al concursado LOLA PEREZ DE PRADO GARCIA con NIF 33422580S, con domicilio en Egüés –Navarra, con fecha de presentación de la solicitud el 15 de febrero de 2026 a las 19:51 horas y fecha de reparto 16 de febrero de 2026, por Auto de fecha 26 de marzo de 2026, rectificado mediante Auto de fecha 16 de abril de 2026, se ha acordado la declaración del concurso de acreedores voluntario que se seguirá por los trámites del concurso sin masa de la Sección 4ª del Capítulo V del Libro Primero del texto refundido de la Ley Concursal reformado por Ley 16/2022, de 5 de septiembre, cuya parte dispositiva dice así:
A U T O
MAGISTRADO-JUEZ QUE LO DICTA: D/Dª. ROBERTO SIERRA GABARDA
Lugar: Pamplona/Iruña
Fecha: 26 de marzo del 2026
PARTE DISPOSITIVA
1. Se declara la competencia objetiva y territorial de este Juzgado para conocer de la solicitud de concurso presentada por el Procurador ALEX MARTINEZ BATLLE, en nombre y representación de la deudora, persona física, con estado civil divorciada, D/Dña. MARIA PEREZ DE PRADO GARCIA, con NIF 3422580S
2. Se declara el concurso de acreedores voluntario de MARIA PEREZ DE PRADO GARCIA, con NIF 3422580S, que se seguirá por los trámites del concurso sin masa de la sección primera, en el capítulo V, del Libro I del TRLC.
3. El pasivo asciende a 114.109,06€ euros.
4. Remítase esta resolución, por medio de edicto, directa y telemáticamente por este Juzgado al Tablón Edictal Judicial Único (TEJU), conforme dispone el artículo 37 bis del TRLC, para su publicación electrónica en el TEJU del BOE y en el Registro Público Concursal.
5. Procédase a la anotación en el Registro Civil de Pamplona la declaración de concurso, con indicación del órgano judicial que la ha dictado, el carácter de la resolución y la fecha de su dictado conforme al artículo 36.1 TRLC y 557.1 TRLC, y una vez firme se procederá a su inscripción.
6. Notifíquese esta resolución por medios telemáticos, a la Hacienda Tributaria de Navarra, a la Agencia Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social.
7. Llámese al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los extremos contenidos en el artículo 37 ter TRLC.
8. Notifíquese al concursado esta resolución haciéndole saber que podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho dentro de los diez días siguientes a contar desde el vencimiento del plazo para que los acreedores legitimados puedan solicitar el nombramiento de administrador concursal sin que lo hubieran hecho.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE REPOSICIÓN que deberá presentarse por escrito ante este Órgano Judicial, dentro del plazo de CINCO DÍAS contados desde el siguiente a su notificación (Art. 546 TRLC).
Lo acuerda y firma S.Sª, la Ilma. Sra. Dña. ROBERTO SIERRA GABARDA, Magistrada Titular del Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Pamplona/Iruña. Plaza nº 2. Doy fe
El/la Magistrado-Juez
El/La Letrado de la Administración de Justicia
DEPOSITO PARA RECURRIR REPOSICIÓN: Deberá acreditarse en el momento del anuncio haber consignado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano abierta en BANCO SANTANDER 5669000000014026, la suma de 25 EUROS con apercibimiento que de no verificarlo no se admitirá a trámite el recurso pretendido; salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores.
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
AUTO
EL/LA MAGISTRADO-JUEZ
D./Dª. ROBERTO SIERRA GABARDA.
En Pamplona/Iruña, a 16 de abril del 2026.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo la rectificación de la resolución dictada en las presentes actuaciones en los siguientes términos:
Donde dice MARIA PEREZ DE PRADO GARCIA y NIF 3422580S.
Ha de decir LOLA PEREZ DE PRADO GARCIA y NIF 33422580S.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio del recurso que proceda, en su caso, contra la resolución que ahora se aclara.
Así por este Auto lo acuerdo, mando y firmo.
El/La Magistrado-Juez.
Pamplona/Iruña, 7 de mayo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, IRANTZU EQUISOAIN AZCONA
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