Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Alacant/Alicante. Plaza nº 4
Dirección: Calle ALONA 29
Localidad: Alicante/Alacant
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Provincia: Alicante/Alacant
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Concursal
Número: 448/2026
NIG: 0301447120260001253
Auto
Fecha: 05/06/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores de Raul Ricardo Sosa Rampotis con Nif 23910455T y de Nora Silvia Chanb Torres con Nif 23912994D
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Letrado de la Administración de Justicia: D. MAXIMO JOSE PERTUSA GUILLEN
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 37 ter del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2020 hago saber:
1.º- Que por Auto de fecha 05/06/2026 dictado en el procedimiento Concurso sin masa 448/2026, NIG n.º 0301447120260001253, seguido en este Juzgado, se ha declarado en concurso de acreedores sin masa a D. RAUL RICARDO SOSA RAMPOTIS y D.ª NORA SILVIA CHANAB TORRES, con dni número 23910455T y 23912994D y con domicilio en CALLE ALICANTE , 46 2º E DE IBI.
2.º- El pasivo expresado es de DOSCIENTOS DIECISIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA EUROS CON SETENTA Y NUEVE CÉNTIMOS 217.340,79 Euros. Se efectúa llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento (5%) del pasivo, a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente un informe razonado y documentado sobre los extremos contenidos en el artículo 37 ter del TRLC (conforme Ley 16/2022).
3.º- En el caso de que, dentro del plazo de quince dias previsto, ningún legitimado/acreedor hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho.
4.º- La comparecencia en el procedimiento, deberá realizarse mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, con representación de Procurador/a y asistencia de Letrado/a, conforme artículo 512 del TRLC, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.
Se puede conocer el contenido íntegro de la resolución que se notifica o publica en el Registro Público Concursal a través del enlace: https://www.publicidadconcursal.es/
Alicante/Alacant, 5 de junio de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MAXIMO JOSE PERTUSA GUILLEN
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid