Contingut no disponible en català

Us trobeu en

Documento BOE-J-2026-339827

MADRID. Edicto de 2 de junio de 2026 en procedimiento concursal número 326/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 141, de 10 de junio de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2026-339827

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Secc. Mercantil Tri. Inst. Madrid. Plaza nº 15

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 326/2026

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 01/06/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 20 días

DESTINATARIOS

Acreedores de D./Dña. Diego Eduardo Suazo Chouza

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Edicto D./dña. Maria eugenia lopez-jacoiste rico, letrado/a de la administración de justicia del sección de lo mercantil del tribunal de instancia de madrid. Plaza nº 15 hace saber: 1.- declaración de concurso. Se declara en concurso voluntario de acreedores, sin más pronunciamientos, a/l/a deudor/a D./Dña. Diego Eduardo Suazo Chouza, con dni/nif.- 07091528f, y domicilio en calle ruiz palacios, nª 28 - 1c, 28039, madrid. 2.- importe del pasivo. De la documentación aportada se desprende que el pasivo total es de 24.981,36 euros. 3.- publicación de esta resolución: esta resolución se publicará en el registro público concursal y en el tablón edictal judicial único (teju) y, a tal efecto, se remitirán los correspondientes edictos con las menciones indispensables que establece el art. 35.1 trlc. La inserción del edicto en el teju será gratuita y será remitido por vía telemática desde este órgano. 4.- llamamiento a los acreedores: el acreedor o los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo podrán, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación de ese edicto, solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado relativo al art. 37 ter del trlc. 5.- solicitud de la exoneración del pasivo insatisfecho. Trascurrido el referido plazo de quince días sin que se haya solicitado el nombramiento de administrador/a concursal, el deudor persona física deberá, en su caso, presentar dentro de los diez días siguientes, a contar desde el vencimiento del plazo anterior, la solicitud de beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho.

Madrid, 2 de junio de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA EUGENIA LOPEZ-JACOISTE RICO

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid