Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Sevilla. Plaza nº 5
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Social
Número: 1019/2024
NIG: 4109144420240013827
Sentencia
Fecha: 03/06/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
CLEVER SERVICIOS EMPRESARIALES SL - Nº ****6313*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Que DESESTIMANDO la petición principal de declaración de NULIDAD del DESPIDO e INDEMNIZACIÓN ADICIONAL de la demanda presentada por Dña. INMACULADA CERÓN MERINO frente a las demandadas , ATECH BPO SL, AYESA ADVANCED TECHNOLOGIES SA, FUENTIERREZ S.L., CLEVER SERVICIOS EMPRESARIALES SL., debo absolver y absuelvo a las demandadas de los pedimentos de la demanda.
Se tiene por desistido a la parte actora respecto de D. FERNANDO GUTIERREZ HUERTA
Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la petición subsidiaria de declaración de IMPROCEDENCIA DESPIDO de la demanda presentada por Dña. INMACULADA CERÓN MERINO frente a las demandadas , ATECH BPO SL, AYESA ADVANCED TECHNOLOGIES SA, FUENTIERREZ S.L., declaro la IMPROCEDENCIA del despido de 19.08.2024 condenando a los demandados ATECH BPO S.L. y FUENTIERREZ S.L., a que en el plazo de CINCO DÍAS desde la notificación de esta resolución, OPTEN entre readmitir a la trabajadora en las mismas condiciones que tenía antes del despido o abonar a la actora en concepto de indemnización la cantidad de 28.129,14 euros.
De optar por la indemnización , no se devengarán salarios de tramitación quedando la relación laboral extinguida a fecha del despido. En caso de optar por la readmisión, el demandado deberá abonar los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido a la fecha de notificación de sentencia a razón de 56,09 euros diarios.
Se advierte expresamente al demandado que, de no efectuar la opción en el plazo indicado, expresamente por escrito o comparecencia en el Juzgado, y sin necesidad de esperar a la firmeza de esta sentencia, se entenderá que opta por la readmisión y deberá abonar los salarios posteriores a la fecha de la notificación de sentencia.
Absolviendo libremente de los pediemntos de la demanda a AYESA ADVANCED TECHNOLOGIES S.A. y CLEVER SERVICIOS EMPRESARIALES S.L.
Sevilla, 5 de junio de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CECILIA CALVO DE MORA PEREZ
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