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Documento BOE-J-2026-88373

MADRID. Edicto de 10 de febrero de 2026 en procedimiento concursal número 984/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 43, de 18 de febrero de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2026-88373

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Secc. Mercantil Tri. Inst. Madrid. Plaza nº 19

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 984/2025

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 04/02/2026

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: Sin dilación

DESTINATARIOS

Acreedores de Dña. Kiara Yolimar Florencia Diaz

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Dña. Carmen Viciana Duro, Letrado/a de la Administración de Justicia del Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Madrid. Plaza nº 19 hace saber: 1.- Que en el concurso ordinario 984/2025, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2025/0438701, que se ha presentado en fecha 03/11/2025 y fecha de entrada en este juzgado el día 18/11/2025 por auto de fecha 04/02/2026 se ha declarado en concurso voluntario, a Dña. Kiara Yolimar Florenca Diaz, con nº de identificación 06719601J, y domicilio en la comunidad de Madrid.2.- Proceder al llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de unadministrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre losextremos del artículo 37 ter del TRLC.3.- En el caso de que, dentro de plazo, ningún legitimado hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho.4.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.registradores.e

Madrid, 10 de febrero de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CARMEN VICIANA DURO

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