Advenidos errores en el texto de la Sentencia número 101/1988, de 8 de junio, del Tribunal Constitucional, publicada en el Suplemento al «Boletín Oficial del Estado» número 152, de 25 de jumo de 1988, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:
En la página 10, primera columna, párrafo uno, línea dos, donde dice: «fue la concreción», debe decir: «fue la inconcreción».
En la página 10, primera columna, párrafo último, línea cuatro, donde dice: «Decreto de», debe decir «Decreto-ley de».
En la página 10, primera columna, párrafo último, línea cuatro, contando por abajo, donde dice: «norma dicta», debe decir: «norma dictada».
En la página 10, segunda columna, párrafo cinco, línea séptima, donde dice: «lo que sí», debe decir: «lo que por si».
En la página 10, segunda columna, párrafo seis, línea séptima, donde dice, «autoriza rifas», debe decir: «autorizara rifas»
En la página 11, segunda columna, párrafo uno, línea tres, donde dice: «tanto en esta», debe decir: «tanto en esa».
En la página 11, segunda columna, párrafo uno, línea 11, donde dice: «Decreto 16/1977», debe decir: «Decreto-ley 16/1977».
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