Advertidos errores en el texto de la Sentencia número 201/1988, de 27 de octubre, del Tribunal Constitucional, publicada en el Suplemento al «Boletín Oficial del Estado» número 284, de 26 de noviembre de 1988, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:
En la página 14, primera columna, párrafo 4, línea 6, donde dice: «por orientar», debe decir: «por violentar».
En la página 15, primera columna, párrafo 4, línea 5, donde dice: «a petición», debe decir: «a su petición».
En la página 16, primera columna, párrafo 2, línea 12, donde dice: «las SSCC», debe decir: «las SSTC».
En la página 16, primera columna, párrafo último, línea 6, donde dice: «toda reglación», debe decir: «toda regulación».
En la página 16, segunda columna, párrafo 1, línea 7, donde dice: «priva», debe decir: «prive».
En la página 17, segunda columna, párrafo 4, línea 7, donde dice: «esta Comunidad Autónoma para», debe decir: «esta Generalidad para».
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