Advenidos errores en el texto de la Sentencia núm. 39/1990, de 12 de marzo de 1990, del Tribunal Constitucional, publicada en el Suplemento al «Boletín Oficial del Estado» núm. 85, de 9 de abril de 1990, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:
En la página 2, primera columna, párrafo 7, línea 3, donde dice: «don Eugenio Díaz Eimil, don Miguel Rodríguez-Piñero y Bravo Ferrer», debe decir: «don Eugenio Díaz Eimil».
En la página 2, segunda columna, párrafo 13, línea 7, donde dice: «recurso de casación.», debe decir: «recurso de casación. El actor presentó en fecha 19 de febrero de 1988 un escrito aduciendo la vulneración del derecho a una tutela judicial efectiva a los efectos de la interposición del recurso de amparo, que se dirige contra el mencionado Auto de inadmisión.».
En la página 3, primera columna, párrafo 8, línea 6, donde dice: «es, ante todo caso,», debe decir; «es, en todo caso,».
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